JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1036/2011
Dase por aprobada una contratación en la Subsecretaría para la Reforma Institucional y Fortalecimiento de la Democracia de la Secretaría de Gabinete.
Bs. As., 11/10/2011
VISTO el Expediente CUDAP Nº 25985/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por los Decretos Nº 149 del 22 de febrero de 2007, Nº 1248 del 14 de septiembre de 2009 y Nº 1318 del 29 de agosto de 2011, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Resolución ex SSGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 29 de junio de 2011, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre la titular de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Nicolás NORIEGA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.
Que el agente de que se trata ya se encontraba vinculado con la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la citada Secretaría mediante contrato en el marco de las disposiciones establecidas en el Decreto Nº 2345/08, aprobado por Resolución JGM Nº 25 del 26 de enero de 2011.
Que a partir del 1º de septiembre de 2011 se le han asignado al agente mencionado funciones de distinta índole a las entonces acordadas, por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste de nivel y grado correspondientes conforme las obligaciones ahora convenidas, en el marco del artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución ex SSGP Nº 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en el considerando precedente.
Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08 establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo, para el Nivel A diversas exigencias.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.
Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado de lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber presentado la documentación oportunamente.
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la existencia de los créditos presupuestarios para afrontar el gasto que demande la medida que se tramita.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del artículo 1º del Decreto Nº 577/03, y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Dase por rescindido, a partir del 1º de septiembre de 2011, el contrato de locación de servicios celebrado entre esta Jurisdicción y D. Nicolás NORIEGA (D.N.I. Nº 25.521.457), en el marco de las disposiciones establecidas en el Decreto Nº 2345/08, que fuera aprobado por la Resolución JGM Nº 25 del 26 de enero de 2011.
Art. 2º — Dase por aprobado con efectos al 1º de septiembre de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado por la titular de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Nicolás NORIEGA (D.N.I. Nº 25.521.457) para desempeñar funciones de Asesor, en la SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA de la citada Secretaría equiparado al Nivel A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08) de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución ex SSGP Nº 48/02 y sus modificatorias.
Art. 3º — La contratación que se aprueba por el artículo 2º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.
Fecha de publicación 18/10/2011