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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION NACIONAL DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS VETERINARIOS Y  ALIMENTOS

Disposición Nº 1882/2011

Bs. As., 5/10/2011

VISTO el Expediente Nº 15.166/2000 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición Nº 210 del 27 de enero de 2009, de la ex Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios, se procedió a suspender la inscripción de, entre otras, la firma INFAMED S.R.L., en el Registro Nacional que determina el artículo 1º del Decreto Nº 583 del 31 de enero de 1967, modificado por los Decretos Nros. 3899 del 22 de junio de 1972 y 35 del 11 de enero de 1988, reglamentario de la Ley Nº 13.636; y la Resolución Nº 345 del 6 de abril de 1994 del registro del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, como así también se suspendió la validez de los certificados de uso y comercialización de sus productos veterinarios.

Que esta medida se tomó sobre la base de lo que establece la Resolución Nº 709 del 24 de septiembre de 1997 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS ante el incumplimiento del pago de los aranceles anuales por mantenimiento en el mencionado registro.

Que la firma INFAMED S.R.L. ha abonado la deuda que originó esa suspensión.

Que por lo tanto corresponde dejar sin efecto, en relación con INFAMED S.R.L. lo dispuesto en la Resolución Nº 210 del 27 de enero de 2009 de la ex Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que asimismo, se ha documentado en el expediente mencionado la cesión de los certificados de uso y comercialización de los que es titular la firma INFAMED S.R.L. a favor de la firma LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS.

Que corresponde inscribir en el Registro Nacional correspondiente a la firma LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS, a la vez que transferirle la titularidad de los certificados de uso y comercialización de los productos veterinarios inscriptos en su oportunidad a favor de INFAMED S.R.L.

Que esta sociedad elaborará los productos en establecimientos de terceros habilitados en su oportunidad por este Servicio.

Que en el mismo acto debe cancelarse la inscripción antes mencionada de INFAMED S.R.L.

Que el Servicio Jurídico ha tomado la intervención que le compete no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto, conforme lo establecido por el Anexo II del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, y la Resolución Nº 2162 del 29 de noviembre de 2000 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL
DE AGROQUIMICOS, PRODUCTOS VETERINARIOS Y ALIMENTOS
DISPONE:

ARTICULO 1º — Déjese sin efecto, en relación con la firma INFAMED S.R.L., la Disposición Nº 210 del 27 de enero de 2009, de la ex Dirección de Agroquímicos, Productos Farmacológicos y Veterinarios.

ARTICULO 2º — Inscríbase en el Registro Nacional que determina el artículo 1º del Decreto Nº 583 del 31 de enero de 1967, modificado por los Decretos Nros. 3899 del 22 de junio de 1972 y 35 del 11 de enero de 1988, reglamentario de la Ley Nº 13.636; y el artículo 4º del Marco Regulatorio para los productos veterinarios MERCADO COMUN DEL SUR, puesto en vigencia por la Resolución Nº 345 del 6 de abril de 1994, del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL como Elaboradora, Fraccionadora, Distribuidora, Importadora y Exportadora de productos de uso en Medicina Veterinaria, a la firma “LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS”.

ARTICULO 3º — Prodúzcanse las anotaciones pertinentes donde conste que la firma LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS, dispone para desarrollar sus actividades de establecimientos de terceros oportunamente habilitados. En caso de que la firma solicitante desee cambiar de establecimiento tercerista, deberá obtener la autorización previa por parte de este Servicio Nacional.

ARTICULO 4º — Extiéndase el certificado de inscripción a favor de la firma mencionada en el artículo precedente.

ARTICULO 5º — Transfiérase en el Registro Nacional que determina el artículo 5º del Decreto Nº 583 del 31 de enero de 1967, modificado por los Decretos Nros. 3899 del 22 de junio de 1972 y 35 del 11 de enero de 1988, reglamentario de la Ley Nº 13.636, y la Resolución Nº 345 del 6 de abril de 1994 del registro del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, la titularidad de los certificados de uso y comercialización de la totalidad de los productos que posee inscriptos la firma INFAMED S.R.L. a favor de la firma LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS.

ARTICULO 6º — Cancélese en el Registro Nacional que determina el artículo 1º del Decreto Nº 583 del 31 de enero de 1967, modificado por los Decretos Nros. 3899 del 22 de junio de 1972 y 35 del 11 de enero de 1988, reglamentario de la Ley Nº 13.636; y el artículo 4º del Marco Regulatorio para los productos veterinarios MERCADO COMUN DEL SUR, puesto en vigencia por la Resolución Nº 345 del 6 de abril de 1994, del ex SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL la inscripción de la firma “INFAMED S.R.L.”.

ARTICULO 7º — Comuníquese a la firma LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS, que para obtener los certificados de uso y comercialización correspondientes deberá presentar los impresos definitivos con que se comercializarán los productos, los que deberán ajustarse a las condiciones según las cuales fuera inscripto cada uno de ellos, adecuándose sólo en lo que se refiere a los datos del nuevo titular, y a la normativa vigente para rótulos de productos veterinarios.

ARTICULO 8º — Cumplido lo dispuesto en el artículo precedente, extiéndanse los correspondientes certificados de uso y comercialización, a favor de la firma LABORATORIOS INFAMED Sociedad de Hecho, de Juan Antonio FERNANDEZ y Mónica Beatriz ROBERTS.

ARTICULO 9º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. EDUARDO ANTONIO BUTLER, a/c de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos.

e. 18/10/2011 Nº 133154/11 v. 18/10/2011

Fecha de publicación 18/10/2011