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17 de Noviembre de 2015

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 1027/2011

Bs. As., 18/10/2011

VISTO el Expediente Nº 173.502/2010 - SSSalud y;

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente del VISTO se presenta nuevamente la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES —OSECAC— (RNOS Nº 1-2620-5), mediante Nota Nº 110.835/2010 - SSSalud, solicitando el dictado de Resolución Aclaratoria y su consecuente publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Nº 841/10-SSSalud.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos procedió a verificar el Expediente en cuestión, habiendo detectado un error material involuntario en el Art.1º de la mencionada Resolución, por cuanto debe rectificarse: en donde se lee “...encargada de la Delegación Río Gallegos de la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (RNOS 1-2620-5)..., debió constar “...Jefa de Fiscalización de la Delegación Río Gallegos de la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (RNOS 1-2620-5)...”.

Que esta Superintendencia comparte el criterio adoptado por el área técnica del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y Nº 1034/09 - PEN,

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE
DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1º — RECTIFIQUESE el Artículo 1º de la Resolución Nº 841/10-SSSalud de fecha 16 de julio de 2010, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “AUTORIZASE a suscribir los certificados de deudas previstos en el artículo 24 de la Ley 23.660 a la Sra. ROSA IRMA OJEDA MIRANDA (DNI 18.713.172), en su carácter de Jefa de Fiscalización de la Delegación Río Gallegos de la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES (RNOS 1-2620-5), conforme surge de las Resoluciones Nº 9453/08 y Nº 10089/10 del Agente del Seguro de Salud”.

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése, a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente, archívese. — Dr. RICARDO E. BELLAGIO, Superintendente, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 25/10/2011 Nº 136533/11 v. 25/10/2011

Fecha de publicación 25/10/2011