MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 2090/2025
RESOL-2025-2090-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2025
Visto los expedientes EX-2025-141436499- -APN-DGDA#MEC y EX-2025-141616003- -APN-UEETATEP#MEC, las leyes 23.696 y sus modificatorias y 27.742 y sus modificatorias, los decretos 695 del 2 de agosto de 2024, 286 del 24 de abril de 2025 y 416 del 17 de junio de 2025 y la Resolución Nro. 1050 del 23 de julio de 2025 del Ministerio de Economía (RESOL-2025-1050-APN-MEC), y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 7° de la ley 27.742 se declaró "sujeta a privatización", en los términos y con los efectos de los capítulos II y III de la ley 23.696 y sus modificatorias, entre otras, a la empresa Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA).
Que ENARSA es titular del cincuenta por ciento (50%) de las acciones de la Compañía Inversora en Transmisión Eléctrica Citelec Sociedad Anónima (CITELEC S.A.), sociedad de inversión que controla a Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener Sociedad Anónima (TRANSENER S.A.) -titular de la concesión para la prestación del servicio de transporte de energía eléctrica a través de la red de energía eléctrica de alta tensión de la República Argentina-, que detenta en dicha firma el cincuenta y dos coma sesenta y cinco por ciento (52,65 %) del capital accionario total -como tenedora de todas las acciones clase A, representativas del cincuenta y uno por ciento (51 %) de dicho capital y del uno coma sesenta y cinco por ciento (1,65 %) de las acciones clase B-.
Que, asimismo, CITELEC S.A. es accionista minoritaria y controlante indirecta, a través de TRANSENER S.A., de las compañías Transener Internacional Ltda. -sociedad constituida bajo las leyes de la República Federativa del Brasil para la prestación de servicios en el mercado de transmisión de energía eléctrica en dicho país- y Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Provincia de Buenos Aires Sociedad Anónima (TRANSBA S.A.) -prestadora del servicio de transporte de energía eléctrica por distribución troncal de la provincia de Buenos Aires-.
Que por el decreto 286 del 24 de abril de 2025 se autorizó, en los términos del artículo 4° del anexo I del decreto 695 del 2 de agosto de 2024, el procedimiento para la privatización total de ENARSA -mediante la separación de las actividades y bienes de cada unidad de negocio de dicha empresa-, la que se desarrollará por etapas, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y de la ejecución de las obras en curso que dicha empresa tiene a su cargo; ello en los términos de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que, en dicho marco, por el artículo 2° del citado decreto 286/2025 se autorizó la venta de las acciones integrantes del capital social de CITELEC S.A. de titularidad de ENARSA, mediante un concurso público con base, de alcance nacional e internacional, en los términos de los artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
Que la modalidad y el procedimiento de privatización referidos no prevén el otorgamiento de las preferencias a las que refiere el artículo 16 de la ley 23.696 y sus modificatorias, como tampoco la implementación de un programa de propiedad participada.
Que a través de los artículos 3° y 4° del citado decreto 286/2025 se instruyó a este Ministerio de Economía a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la venta dispuesta por el artículo 2° de dicha norma, y se faculta a dicho ministerio al dictado de las normas operativas y complementarias que resulten necesarias para su cumplimiento, con la intervención y asistencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas", respectivamente.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 4° del anexo I del decreto 695/2024 y por la resolución 1050 del 23 de julio de 2025 del Ministerio de Economía, se inició el procedimiento de privatización de ENARSA SA., en una primera etapa, mediante la venta de las acciones de su titularidad en la CITELEC S.A., a través de un concurso público con base, de alcance nacional e internacional, en los términos de los Artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias.
Que, a tal fin, la Subsecretaría de Energía Eléctrica de la Secretaría de Energía elaboró la documentación licitatoria-técnica y contractual correspondiente (cf., PV-2025-141661231-APN-SEE#MEC), con la intervención previa de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas" (cf., IF-2025-141629692-APN-UEETATEP#MEC).
Que, en atención a lo expuesto, con el fin de realizar la venta de las acciones integrantes del capital social de CITELEC S.A. de titularidad de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA), corresponde en esta instancia autorizar el llamado a Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple con base en los términos de los Artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y con sujeción a las condiciones establecidas en los artículos 5°, 6° y 7° del anexo I del decreto 695/2024.
Que, a tal fin, se aprueba el Pliego Único de Bases y Condiciones y sus anexos (PLIEG-2025-141690205-APN-SE#MEC), que regirá el referido procedimiento de selección y se dispone la creación e integración de la Comisión Evaluadora "ad hoc".
Que el precio base del referido Concurso Público surge de la tasación efectuada por el Banco de Inversión y Comercio Exterior Sociedad Anónima (BICE S.A.), conforme se detalla en el Pliego que se aprueba en la presente medida.
Que, asimismo, ENARSA deberá prestar asistencia técnica en todas las etapas del concurso a requerimiento de la Secretaría de Energía y/o la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas".
Que la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía ha tomado intervención de su competencia.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas" ha tomado intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que la Sindicatura General de la Nación ha tomado intervención en los términos del artículo 20 de la ley 23.696.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7° de la ley 27.742 y los artículos 3° y 4° del decreto 286/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase, en el marco de lo establecido en el artículo 2° del decreto 286 del 24 de abril de 2025, el llamado a Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple con base N° 504/2-0002-CPU25, para la venta de las acciones de la Compañía Inversora en Transmisión Eléctrica Citelec Sociedad Anónima (CITELEC S.A.) de titularidad de Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA), en los términos de los artículos 17, inciso 2) y 18, inciso 2) de la ley 23.696 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Hágase saber que el concurso objeto de la presente resolución será llevado a cabo a través de la plataforma CONTRAT.AR conforme lo dispuesto por el decreto 416 del 17 de junio de 2025.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el Pliego Único de Bases y Condiciones y sus anexos (PLIEG-2025-141690205-APN-SE#MEC), que integra la presente medida. Dichos documentos podrán ser descargados del portal CONTRAT.AR https://contratar.gob.ar/, a través del cual los interesados podrán acceder a la documentación relevante para el procedimiento de selección en trato.
Sin perjuicio de la información allí disponible, quedará a cargo exclusivo de los interesados en el presente procedimiento toda investigación y análisis diligente al respecto. El Estado Nacional no admitirá ningún tipo de reclamo referente al contenido del Portal ni al desconocimiento de la documentación disponible en él.
ARTÍCULO 4°.- La convocatoria del Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple con base N° 504/2-0002-CPU25, será publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web del Ministerio de Economía por el término de siete (7) días, y en el sitio web del Banco Mundial denominado "DGMARKET" por el término de tres (3) días corridos. Todo ello con un plazo de no menos de cuarenta y cinco (45) días corridos de antelación a la fecha de vencimiento del plazo establecido para la presentación de ofertas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5°, 6° y 7° del anexo I del decreto 695 del 2 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 5°.- Establécense las siguientes pautas respecto de la convocatoria autorizada por el artículo 1° de la presente medida:
a) Consultas al Pliego Único de Bases y Condiciones. Lugar y dirección: Las consultas deberán efectuarse a través de la plataforma CONTRAT.AR.
b) Plazo y horario para la realización de consultas al Pliego Único de Bases y Condiciones: Hasta el 13 de marzo de 2026 a las 16.00 horas.
c) Plazo y horario para la presentación de las ofertas: Hasta el 23 de marzo de 2026 a las 9:30 horas.
d) Lugar y dirección para la presentación de las ofertas: Las ofertas se deberán presentar a través de la plataforma CONTRAT.AR utilizando el formulario electrónico que corresponda.
e) Acto de Apertura. Lugar y dirección: La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de la plataforma CONTRAT.AR. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente.
f) Plazo y horario del acto de apertura: 23 de marzo de 2026 a las 10:00 horas.
ARTÍCULO 6°.- Créase la Comisión Evaluadora "ad hoc" para el presente procedimiento, la cual estará integrada por los siguientes miembros:
a. Miembros Titulares: Favio Emir Ramírez (MI N° 21.773.957), Horacio Julio Guadagni (MI N° 14.897.355) y Ana Cruz Díaz Martínez (MI N° 26.685.054).
b. Miembros Suplentes: Ramiro Varela Vivona (MI N° 25.096.078), Claudia Fabiana Contarino (MI N° 16.581.251) y Magali Milagros Ávalos (MI N° 41.928.616).
ARTÍCULO 7°.- Autorízase a la Secretaría de Energía a emitir las circulares aclaratorias que fueren necesarias en el marco del procedimiento que se autoriza en el artículo 1° de esta resolución.
ARTÍCULO 8°.- Energía Argentina Sociedad Anónima (ENARSA) prestará asistencia técnica en todas las etapas del Concurso Público Nacional e Internacional de Etapa Múltiple con base N° 504/2-0002-CPU25, a requerimiento de la Secretaría de Energía y/o la Unidad Ejecutora Especial Temporaria "Agencia de Transformación de Empresas Públicas".
ARTÍCULO 9°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 23/12/2025 N° 97936/2025 v. 23/12/2025
Fecha de publicación 23/12/2025