MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 36.150 DEL 20 OCT. 2011 EXPEDIENTE Nº 54.566 - ASUNTO: CONSTITUCION Y ESTATUTOS.
VISTO... Y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Conformar el acto constitutivo de la entidad POR VIDA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 2º — Autorizar a operar en el Ramo Vida y en el Plan de Seguro de Vida Colectivo a POR VIDA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 3º — Conferir intervención la Inspección General de Justicia a los efectos de proceder a su inscripción en el Registro Público de Comercio la cual deberá ser cumplimentada en el término de sesenta (60) días, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º, párrafo 6 de la ley Nº 20.091.
ARTICULO 4º — Hacer saber a la aseguradora que, una vez producida la inscripción en el Registro de Entidades de Seguros, deberá comunicar la fecha de inicio de las operaciones.
ARTICULO 5º — Hacer saber a la aseguradora que deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 48 inciso a) de la Ley Nº 20.091.
ARTICULO 6º — Comuníquese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Fdo.: Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Vicesuperintendente de Seguros, a/c de la Superintendencia de Seguros de la Nación (Decreto Nº 1599/2010).
SINTESIS:
e. 31/10/2011 Nº 140383/11 v. 31/10/2011
Fecha de publicación 31/10/2011