Edición del
19 de Junio de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución N° 125/2011

MOLCA S.A. Prórroga de Habilitación Provisoria Muelle Cerealero. Aduana de Campana.

Bs. As., 26/10/2011

VISTO la Actuación SIGEA N° 12579-100-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma MOLCA S.A. CUIT N° 30-70130568-6 solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio mediante Resolución N° 99/2011 (DGA), para la atención aduanera del Muelle de Cereales de su propiedad, ubicado al norte del predio que la empresa posee a la altura del km. CIENTO VEINTITRES (123), margen derecha del Río Paraná de Las Palmas, con acceso sobre Ruta Nacional N° 9 (Panamericana), km. NOVENTA Y SEIS CON SESENTA Y OCHO (96,68) de la localidad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, en jurisdicción de la Aduana de Campana.

Que se encuentra acreditada en autos que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley N° 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente N° S01:0347539/2006.

Que han tomado la intervención que les compete la División Aduana de Campana, la Dirección Regional Aduanera La Plata y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.

Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y por el término de CUARENTA (40) días, a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución N° 99/2011 (DGA).

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 360/11 (AFIP).

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria otorgada al Muelle Cerealero de la firma MOLCA S.A. CUIT N° 30-70130568-6 mediante Resolución N° 99/2011 (DGA), por el término de CUARENTA (40) días, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico alcance.

ARTICULO 2° — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la División Aduana de Campana para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

e. 01/11/2011 Nº 142869/11 v. 01/11/2011

Fecha de publicación 01/11/2011