ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº 130/2011
Habilitación Provisoria Puerto SHELL CAPSA. Arroyo Seco. Aduana de Rosario.
Bs. As., 4/11/2011
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12542-6-2010 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO S.A. (CUIT Nº 30-50672680-4) solicita una prórroga de la habilitación aduanera provisoria otorgada mediante Resolución Nº 87/2011 (DGA), al solo efecto de atender operaciones de carga y descarga de hidrocarburos líquidos y productos afines, del sector de atraque del puerto de su propiedad, ubicado a la altura del km TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA (394,5), margen derecha del Río Paraná, localidad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de Rosario.
Que se encuentra acreditada en autos que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte (Expediente Nº S01:0230934/2002).
Que han tomado la intervención que les compete la Aduana de Rosario, la Dirección Regional Aduanera Rosario y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la habilitación solicitada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorícese la habilitación aduanera con carácter provisorio y por el plazo de TREINTA (30) días del puerto de la firma SHELL COMPAÑIA ARGENTINA DE PETROLEO S.A. (CUIT Nº 30-50672680-4), ubicado a la altura del km TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA (394,5), margen derecha del Río Paraná, localidad de Arroyo Seco, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de Rosario.
ARTICULO 2º — La presente entrará en vigencia el día hábil siguiente de su suscripción.
ARTICULO 3º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín Oficial de esta Dirección General. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítanse los presentes a la División Aduana de Rosario para su conocimiento y notificación. — CESAR EDUARDO BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 15/11/2011 Nº 150628/11 v. 15/11/2011
Fecha de publicación 15/11/2011