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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE INDUSTRIA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

El Departamento de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa notifica a la firma MOYA JOSE MARIA C.U.I.T. 20-16175775-6 el dictado de las DISPOSICIONES Nº 289/2009 de fecha 15 DE MAYO DE 2009 y Nº 1/2011 de fecha 20 de julio de 2011, ambas de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, recaída en el expediente S01:0005851/2009, las que a continuación se transcriben:
-DISPOSICION Nº 289/2009 de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION:
“ARTICULO 1º.- Revócase por ilegitimidad la inscripción de la firma unipersonal MOYA, JOSE MARIA, C.U.I.T. 20-16175775-6, Constancia de Inscripción Nº 2007-0535, en el “Registro de Empresas Locales Fabricantes de Bienes Comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus normas modificatorias y complementarias”. ARTICULO 2º.- Decláranse nulos de nulidad absoluta e insanable, en los términos del artículo 17 de la Ley 19.549, los Bonos Nros. 404-2007-234064, 404-2007-234065, 404-2007-234066, 404-2007-234067, 404-2007-234068 y 404-2007-234069, emitidos por la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA con fecha 12 de febrero de 2008 en el expediente S01:0311938/2007 y que aún no han sido retirados por la empresa solicitante. ARTICULO 3º.- Declárase la suspensión por SESENTA (60) días hábiles administrativos, con el fin de actuar en los términos del artículo 17 de la Ley 19.549, los Bonos Nros. 404-2007-231283, 404-2007-231284, 404-2007-231285, 404-2007-231286, 404-2007-231287 y 404-2007-231288 emitidos por la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA con fecha 15 de agosto de 2007 en el expediente S01:0282573/2007. ARTICULO 4º.- Póngase en conocimiento a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA a efectos de adoptar las medidas que estime pertinentes. ARTICULO 5º.- Comuníquese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a efectos de que tome la intervención correspondiente en el ámbito de su competencia. ARTICULO 6º.- Notifíquese a la interesada. ARTICULO 7º.- Publíquese, comuníquese, regístrese y archívese.”
El acto administrativo que por el presente se notifica, es susceptible de los recursos administrativos previstos en los Artículos 84 y 89 del Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), reglamentario de la Ley Nº 19.549, que se transcriben a continuación:
Recurso de reconsideración
84.- Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación de reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá interponerse dentro de los diez días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el cual será competente para resolver lo que corresponda, conforme a lo dispuesto por el Artículo 82.
Recurso jerárquico
89.- El recurso jerárquico procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado. No será necesario haber deducido previamente recurso de reconsideración; si se lo hubiere hecho, no será indispensable fundar nuevamente el jerárquico, sin perjuicio de lo expresado en la última parte del artículo anterior”.
-DISPOSICION Nº 1/2011 de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA:
“ARTICULO 1º.- Revócase el Artículo 2º de la Disposición Nº 289/2009 de fecha 15 de mayo de la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. ARTICULO 2º.- Decláranse comprendidos en el Artículo 3º de la Disposición citada en el Artículo 1º a los Bonos Nros. 404-2007-234064, 404-2007-234065, 404-2007-234066, 404-2007-234067, 404-2007-234068 y 404-2007-234069, emitidos por la DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA con fecha 12 de febrero de 2008 en el expediente S01:0311938/2007. ARTICULO 3º.- Póngase en conocimiento a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA a efectos de adoptar las medidas que estime pertinentes. ARTICULO 4º.-Comuníquese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a efectos de que tome la intervención correspondiente en el ámbito de su competencia. ARTICULO 5º.- Notifíquese a la interesada. ARTICULO 6º.- Publíquese, comuníquese, regístrese y archívese.”
El acto administrativo que por el presente se notifica, es susceptible de los recursos administrativos previstos en los Artículos 84 y 89 del Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), reglamentario de la Ley Nº 19.549, que se transcriben a continuación:
Recurso de reconsideración
84.- Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación de reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá interponerse dentro de los diez días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó, el cual será competente para resolver lo que corresponda, conforme a lo dispuesto por el Artículo 82.
Recurso jerárquico
89.- El recurso jerárquico procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado. No será necesario haber deducido previamente recurso de reconsideración; si se lo hubiere hecho, no será indispensable fundar nuevamente el jerárquico, sin perjuicio de lo expresado en la última parte del artículo anterior.”
Firmado: REINALDO BAÑARES, Jefe de Departamento de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones en el Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa. – Av. Julio A. Roca Nº 651 – Planta Baja – Sector 12.

e. 11/11/2011 Nº 148225/11 v. 15/11/2011

Fecha de publicación 15/11/2011