CONDECORACIONES
Decreto 1849/2011
Otórgase la condecoración de la Orden de Mayo al Mérito a una empleada local de la Embajada de la República ante la Unión Europea.
Bs. As., 14/11/2011
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN DE MAYO, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta del señor Embajador de la República ante la UNION EUROPEA de condecorar a la señora Da. Rocío GARCIA MERCADO de STROBAANS, empleada local de la Embajada de la República ante la UNION EUROPEA, quien ha prestado allí funciones durante veintisiete años, con eficiencia, esmero y lealtad a la República, en un marco de confianza y dedicación, por lo que se ha hecho acreedora al honor y reconocimiento de la Nación.
Que compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DE MAYO, suscripta el 10 de agosto de 2011, mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DE MAYO AL MERITO, en el grado de CABALLERO, a la señora Da. Rocío GARCIA MERCADO de STROBAANS, empleada local de la Embajada de la República ante la UNION EUROPEA.
Art. 2º — Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el Artículo 19 de la Reglamentación de la ORDEN DE MAYO aprobada por el Decreto Nº 16.644 del 18 de diciembre de 1957 y conforme a lo dispuesto en el Artículo 1º del Decreto Nº 220 del 8 de febrero de 2010.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.
Fecha de publicación 17/11/2011