MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución N° 1201/2011
Registro Nº 1301/2011
Bs. As., 16/9/2011
VISTO el Expediente Nº 1.465.623/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (Sociedad de Empleados de Banco) por el sector sindical y las empresas BANCO CETELEM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y CETELEM GESTION SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 1/7 del Expediente Nº 1.465.623/11 y ha sido alcanzado por ante esta Cartera de Estado.
Que el acuerdo cuya homologación se solicita se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 18/75 y a través del mismo se establecen pautas salariales, se fija un aporte solidario y se acuerdan los lineamientos respecto a la categorización del personal, todo ello conforme los extremos allí detallados.
Que debe dejarse expresamente sentado que la legitimidad conjunta de las partes para negociar colectivamente surge de los antecedentes obrantes en el Expediente Nº 1.382.998/10 del registro de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de la Disposición Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo (D.N.R.T.) Nº 4, de fecha 13 de enero de 2011; acto administrativo a través del cual se intimó a ambas empresas para que procedan a la inmediata aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 18/75 a los trabajadores que se desempeñan para las mismas, bajo apercibimiento de considerar su incumplimiento falta grave en los términos del Artículo 3º, inciso g), del Anexo II de la Ley Nº 25.212 e imponer las sanciones que pudiesen corresponder.
Que con lo expuesto la coincidencia apuntada puede tenerse por verificada, en consecuencia las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el proyecto cuya homologación se pretende.
Que respecto al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo celebrado se establece para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 18/75 que laboren para las empresas BANCO CETELEM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y CETELEM GESTION SOCIEDAD ANONIMA.
Que en definitiva el ámbito de aplicación del mismo se circunscribe a la representación de la entidad sindical celebrante emergente de su personería gremial y al sector de actividad de las empresas firmantes.
Que con relación a su ámbito temporal se fija su vigencia a partir del día 1 de julio de 2011, de conformidad con lo establecido al respecto por sus celebrantes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (Sociedad de Empleados de Banco) por el sector sindical y las empresas BANCO CETELEM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y CETELEM GESTION SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 1/7 del Expediente Nº 1.465.623/11, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 1/7 del Expediente Nº 1.465.623/11.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.465.623/11
Buenos Aires, 20 de septiembre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1201/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/7 del expediente principal quedando registrado bajo el número 1301/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expte. Nº 1.428.665/11
En Buenos Aires, a los 19 días del mes de agosto de 2011 siendo las 13 hs. comparecen por ante el funcionario actuante del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la ASOCIACION BANCARIA (Sociedad de Empleados de Banco) representada por Sergio PALAZZO, Secretario General Adjunto Nacional; Andrés CASTILLO, Secretario General Adjunto Alterno Nacional; Gustavo DIAZ, Secretario de Acción Gremial Nacional; Carlos IRRERA, Prosecretario de Acción Gremial Nacional; Alejandra ESTOUP, Secretaria General Seccional Buenos Aires; Adrián MASTRONICOLA, Secretario General Adjunto Seccional Buenos Aires; Guillermo MAFFEO, Secretario de Acción Gremial; Inés COSTA RACEDO, Prosecretaria de Acción Gremial; Cesar MAYA, Secretario de Finanzas; José María MOLINARI, Prosecretario de Interior, asistidos por el Dr. Francisco ROJAS, por una parte, y BANCO CETELEM ARGENTINA S.A. y CETELEM GESTION S.A. representadas ambas por Patrick Eugène Marie-Joseph Décla, DNI 94.003.968, en su carácter de vicepresidente en ejercicio de la presidencia de la primera, presidente de la segunda y apoderado de ambas, con el patrocinio letrado de Gustavo J. Gallo. Tº 10, Fº 668, C.P.A.C.F., por la otra parte, ambas denominadas las “PARTES” cuando sean citadas en forma conjunta, a fin de celebrar el presente acuerdo, en adelante el “ACUERDO”, en los siguientes términos:
1. En el marco de la aplicación de la Disposición D.N.R.T. N° 4/11 de fecha 13 de enero de 2011, el personal dependiente de CETELEM GESTION S.A. y de BANCO CETELEM ARGENTINA S.A., en adelante el “PERSONAL”, pasará a estar regido por el CCT 18/75, y en lo pertinente, por el acuerdo de Call Center de fecha 26 de noviembre de 2009 y las modificatorias y complementarias de los mismos, incluyéndose entre tales el Acta acordada el día 24 de mayo de 2011 en sede del Ministerio de Trabajo de la Nación, bajo el expediente Nº 1.438.154/11 (“Acta Acuerdo 2011”).
2. Regirá para el PERSONAL lo establecido en las disposiciones legales y convencionales vigentes, CCT 18/75 y Decreto 2289/76. Teniendo en cuenta las particularidades de la actividad de CETELEM GESTION S.A. la empresa mantendrá los horarios vigentes a la fecha de celebración del “ACUERDO”.
3. Las “PARTES” manifiestan que una Comisión Mixta ha realizado la adecuación y aplicación de puestos y categorización respecto al CCT 18/75 y al acuerdo de fecha 26/11/2009 en lo que correspondiera, adjuntándose como Anexo “A”.
4. Se deja constancia de que la pauta salarial prevista en el “Acta Acuerdo 2011” se aplicará sobre las remuneraciones normales, habituales, mensuales y brutas totales, percibidas por el PERSONAL en el mes de diciembre de 2010, considerándose a cuenta cualquier incremento que hubiera recibido el PERSONAL desde dicha fecha hasta la entrada en vigencia del ACUERDO. En los casos que de la aplicación del incremento porcentual salarial previsto en el “Acta Acuerdo 2011” resulten importes mayores, serán de plena aplicación los más favorables al trabajador.
5. Aporte Solidario: BANCO CETELEM ARGENTINA S.A. y CETELEM GESTION S.A. se comprometen a retener el uno por ciento 1% de las remuneraciones fijas, normales, mensuales y habituales de los trabajadores comprendidos en el Acuerdo y que no fueran afiliados a la ASOCIACION BANCARIA (Sociedad de Empleados de Banco) en concepto de Aporte Solidario en los términos y los alcances establecidos en el artículo 9 de la ley 14.250 y con vigencia a partir del 1 de julio 2011. A tales efectos y con los alcances del artículo 38 de la ley 23.551, BANCO CETELEM ARGENTINA S.A. y CETELEM GESTION S.A. actuarán como agente de retención de la presente contribución, debiendo depositar los montos retenidos a la orden de la ASOCIACION BANCARIA (Sociedad de Empleados de Banco), en la institución bancaria que ésta designe, dentro de los cinco días hábiles desde la percepción salarial por parte de los trabajadores.
6. El “ACUERDO” regirá a partir del día 1º de julio de 2011.
7. Homologación: Las “PARTES” solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la correspondiente homologación del presente “ACUERDO”.
No siendo para más se da por cerrado el acto, a las “....”hs., firmando los comparecientes previa lectura y ratificación.
ANEXO A
CATEGORIAS
BANCO | ||
Puesto | Departamento | Categoría |
SECRETARIA DIR. GENERAL | GENERAL | Auxiliar |
JEFE SEGURIDAD INFORMATICA | GENERAL | 2do Jefe Dpto 1ra |
ANALISTA SEGURIDAD INFORMATICA | GENERAL | Auxiliar |
ANALISTA COMPLIANCE | COMPLIANCE | Auxiliar |
ANALISTA RIESGO OPERACIONAL | COMPLIANCE | Auxiliar |
JEFE RRHH | RRHH | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE ADMINISTRACION RRHH | RRHH | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE DESARROLLO Y EMPLEOS | RRHH | Jefe Div 2da |
ANALISTAS DE RRHH | RRHH | Auxiliar |
JEFE DE ORGANIZACION Y METODOS | OPERACIONES | 2do Jefe Dpto 1ra |
ANALISTA DE ORGANIZACION Y METODOS | OPERACIONES | Auxiliar |
RESPONSABLE ATENCION CLIENTES Y COMERCIOS | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
SUPERVISOR DAC | OPERACIONES | 2do Jefe Div 3ra |
SOPORTE OPERACIONES | OPERACIONES | Auxiliar |
TECNICO DAC | OPERACIONES | Call Center |
LIDER DE OPERACIONES | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE FINANCIACION | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
SUPERVISOR FINANCIACION | OPERACIONES | 2do Jefe Div 3ra |
TECNICO FINANCIACION | OPERACIONES | Auxiliar |
RESPONSABLE BACK OFFICE | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
SUPERVISOR BACK OFFICE | OPERACIONES | 2do Jefe Div 3ra |
TECNICO BACK OFFICE | OPERACIONES | Auxiliar |
SUPERVISORA CAC | OPERACIONES | 2do Jefe Div 3ra |
TECNICO ATENCION AL CLIENTE | OPERACIONES | Call Center |
TECNICO CAC PERSONALIZADA | OPERACIONES | Auxiliar |
ANALISTA VENTAS CRUZADAS | OPERACIONES | Auxiliar |
RESPONSABLE DE CALIDAD | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
ANALISTA CALIDAD | OPERACIONES | Auxiliar |
JEFE COBRANZA | OPERACIONES | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE DE DPTO GESTION CLIENTELA Y SOPORTE | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE DPTO GESTION CLIENTELA | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE DE CAPACITACION DE OPERACIONES | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE JUDICIAL | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE AGENCIA GESTION CLIENTELA | OPERACIONES | 2do Jefe Div 3ra |
TECNICO GESTION CLIENTELA | OPERACIONES | Auxiliar |
RESPONSABLE PRE-JUDICIAL | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
PRE-JUDICIAL | OPERACIONES | Auxiliar |
SUPERVISORA SOPORTE GC | OPERACIONES | 2do Jefe Div 3ra |
TECNICO SOPORTE GESTION CLIENTELA | OPERACIONES | Auxiliar |
RESPONSABLE GESTION CLIENTELA (CONTROL INTERNO) | OPERACIONES | Jefe Div 2da |
ANALISTA CONTROL INTERNO | OPERACIONES | Auxiliar |
RESPONSABLE SAD | RIESGO | Jefe Div 2da |
JEFE DE POLI TICAS Y SAD | RIESGO | 2do Jefe Dpto 1ra |
SUPERVISORA CONTROL VENDEDOR | RIESGO | 2do Jefe Div 3ra |
ANALISTA CONTROL VENDEDOR | RIESGO | Auxiliar |
POLITICAS DE CREDITO | RIESGO | Auxiliar |
ANALISTA DE POLITICAS DE CREDITO | RIESGO | Auxiliar |
RESPONSABLE PREVENCION FRAUDE | RIESGO | Jefe Div 2da |
ANALISTA PREVENCION FRAUDE | RIESGO | Auxiliar |
ANALISTA CRM | RIESGO | Auxiliar |
ANALISTA SAD | RIESGO | Auxiliar |
JEFE ANALISIS Y DESARROLLOS | INFORMATICA | 2do Jefe Dpto 1ra |
COORDINADOR SICLID | SISTEMAS | Jefe Div 2da |
ANALISTA PROGRAMADOR SICLID | SISTEMAS | Auxiliar |
ANALISTA DE SISTEMAS ANALISIS | SISTEMAS | Auxiliar |
LIDER DE PROYECTO | INFORMATICA | Jefe Div 2da |
ANALISTA PROGRAMADOR TELEMATICA | SISTEMAS | Auxiliar |
ANALISTA PROGRAMADOR WEB | SISTEMAS | Auxiliar |
JEFE DE INFRAESTRUCTURA TECNOLOGICA | SISTEMAS | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE SISTEMAS MAINFRAME | INFORMATICA | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE ADMINISTRACION TECNOLOGICA | INFORMATICA | Jefe Div 2da |
ADMINISTRADOR TELEFONIA Y COMUNICACIONES | SISTEMAS | Auxiliar |
ADMINISTRADOR BASES | SISTEMAS | Auxiliar |
ADMINISTRADOR DE TECNOLOGIA | SISTEMAS | Auxiliar |
ADMINISTRADOR SISTEMAS MAINFRAME | SISTEMAS | Auxiliar |
OPERADOR | SISTEMAS | Auxiliar |
JEFE DE MOA | SISTEMAS | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE TESTING | SISTEMAS | Jefe Div 2da |
SUPERVISOR MOA | SISTEMAS | 2do Jefe Div 3ra |
ANALISTA MOA | SISTEMAS | Auxiliar |
ANALISTA TESTING | SISTEMAS | Auxiliar |
JEFE DE CONTABILIDAD | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | 2do Jefe Dpto 1ra |
CONTABILIDAD CLIENTES | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
CONTABILIDAD GENERAL | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
ANALISTA IMPUESTOS | ADMINISTRATIVO/A FINANCIERO/A | Auxiliar |
RESPONSABLE TESORERIA | ADMINISTRATIVO/A- FINANCIERO/A | Jefe Div 2da |
ANALISTA DE TESORERIA | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
JEFE DE FACILITIES | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | 2do Jefe Dpto 1ra |
SUPERVISORA LOGISTICA | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | 2do Jefe Div 3ra |
RECEPCIONISTA | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
COMPRAS | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
ADMINISTRATIVO LOGISTICA | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
ARCHIVOS | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
CADETE | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
CHOFER | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
JEFE DPTO LEGALES | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE DPTO LEGALES | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Jefe Div 2da |
ANALISTA LEGALES | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
JEFA DE PLANIFICACION Y CONTROL DE GESTION | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE CONTROL DE GESTION | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Jefe Div 2da |
ANALISTA PLANIFICACION CONTROL GESTION | ADMINISTRATIVO/A-FINANCIERO/A | Auxiliar |
RESPONSABLE RED HOGAR | HOGAR | Jefe Div 2da |
COMERCIAL HOGAR | HOGAR | Auxiliar |
COMERCIAL HOGAR (CORDOBA) | HOGAR | Auxiliar |
COMERCIAL HOGAR (NEUQUEN) | HOGAR | Auxiliar |
COMERCIAL HOGAR (SANTA FE) | HOGAR | Auxiliar |
ASISTENTE NUEVOS EMPRENDIMIENTOS | HOGAR | Auxiliar |
ADMINISTRATIVO COMERCIAL HOGAR | HOGAR | Auxiliar |
ASESORA COMERCIAL HOGAR | HOGAR | Auxiliar |
ASESORA COMERCIAL HOGAR (COMODORO RIVADAVIA) | HOGAR | Auxiliar |
JEFE DE PRODUCTOS Y PARTENARIADO | PRODUCTOS Y MERCADOS | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE DE PRODUCTOS | PRODUCTOS Y MERCADO | Jefe Div 2da |
JEFE DE PROYECTOS | PRODUCTOS Y MERCADO | 2do Jefe Dpto 1ra |
ANALISTA DE PROYECTOS | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
RESPONSABLE NUEVOS EMPRENDIMIENTOS | PRODUCTOS Y MERCADO | Jefe Div 2da |
RESPONSABLE SEGUROS Y VIGILANCIA DE MERCADO | PRODUCTOS Y MERCADO | Jefe Div 2da |
ANALISTA SEGURO Y VIGILANCIA DE MERCADO | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
RESPONSABLE RED AURA | PRODUC TOS Y MERCADO | Jefe Div 2da |
ASISTEN TE RED AURA | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
RESPONSABLE MKTG-COMUNICACION | PRODUCTOS Y MERCADO | Jefe Div 2da |
ANALISTA DE MKT Y COMUNICACION | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
ANALISTA DE MARKETING ONLINE | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
RESPONSABLE DIRECTO | PRODUCTOS Y MERCADO | Jefe Div 2da |
DIRECTO CAPACITACION | PRODUC TOS Y MERCADO | Auxiliar |
SUPERVISOR DIRECTO | PRODUCTOS Y MERCADO | 2do Jefe Div 3ra |
SUPERVISOR DIRECTO FINANCIACION | PRODUCTOS Y MERCADO | 2do Jefe Div 3ra |
TECNICO DIRECTO BACK OFFICE | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
TECNICO DIRECTO FINANCIACION | PRODUCTOS Y MERCADO | Auxiliar |
SECRETARIA COMERCIAL | MOTO | Auxiliar |
RESPONSABLE REGIONAL MOTO | MOTO | Jefe Div 2da |
SUPERVISOR COMERCIAL MOTO (CORDOBA) | MOTO | 2do Jefe Div 3ra |
COMERCIAL MOTO (TUCUMAN) | MOTO | Auxiliar |
COMERCIAL MOTO (JUJUY) | MOTO | Auxiliar |
COMERCIAL MOTO (CORDOBA) | MOTO | Auxiliar |
COMERCIAL MOTO | MOTO | Auxiliar |
COMERCIAL MOTO (SANTA FE) | MOTO | Auxiliar |
ADMINISTRATIVO COMERCIAL (TUCUMAN) | MOTO | Auxiliar |
ADMINISTRATIVO COMERCIAL MOTO | MOTO | Auxiliar |
DESARROLLOS COMERCIALES | MOTO | Auxiliar |
ASESORA COMERCIAL | MOTO | Auxiliar |
RESPONSABLE REGIONAL AUTO | AUTO | Jefe Div 2da |
COMERCIAL AUTO | AUTO | Auxiliar |
COMERCIAL AUTO (MENDOZA) | AUTO | Auxiliar |
COMERCIAL AUTO (SALTA) | AUTO | Auxiliar |
JEFE GRANDES CUENTAS AUTO | AUTO | 2do Jefe Dpto 1ra |
RESPONSABLE OPERACIONES AUTO | CREDITO AUTO | Jefe Div 2da |
SUPERVISOR ADMINISTRACION COMERCIAL | AUTO | 2do Jefe Div 3ra |
ADMINISTRATIVO COMERCIAL AUTO | AUTO | Auxiliar |
TECNICO FINANCIACION AUTO | AUTO | Auxiliar |
TECNICO OTORGAMIENTO AUTO | AUTO | Auxiliar |
ANALISTA SEGUROS AUTO | AUTO | Auxiliar |
ASISTENTE COMERCIAL AUTO (SOPORTE) | AUTO | Auxiliar |
ASISTENTE GESTORIA AUTO | AUTO | Auxiliar |
ARCHIVO AUTO | AUTO | Auxiliar |
Detalles Call Center Operativos/Técnicos Responsable Jefe Gerente | 18/75 Call Center Auxiliar Jefe Div 2da 2do Jefe Dpto 1ra FUERA CONVENIO |
Fecha de publicación 18/11/2011