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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1886/2011

Danse por aprobadas designaciones de Directores en la Secretaría de Comunicación Pública.

Bs. As., 17/11/2011

VISTO el expediente CUDAP Nº 28.526/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.546, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 2053 de fecha 22 de diciembre de 2010, Nº 2054 de fecha 22 de diciembre de 2010, Nº 14 de fecha 11 de enero de 2011, la Decisión Administrativa Nº 3 de fecha 12 de enero de 2011 y la Resolución Conjunta de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nº 2 y Nº 28, respectivamente, de fecha 11 de febrero de 2011, y lo solicitado por la actual SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010.

Que por el Decreto Nº 2054/10 se establecieron las disposiciones complementarias a la prórroga establecida por el Decreto Nº 2053/10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546, con vigencia desde el 1º de enero de 2011.

Que el artículo 7º de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley ni los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.546 se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto Nº 14/11 se modificaron los Objetivos y la denominación de la ex SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por la de SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la citada jurisdicción.

Que por la Decisión Administrativa Nº 3/11 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, consecuentemente, mediante la Resolución Conjunta S.G. Nº 2/11 y S.H. Nº 28/11, se incorporaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la Secretaría citada precedentemente, entre ellos los correspondientes a las unidades organizativas Dirección de Relaciones Institucionales, asignándole el Nivel III y Dirección de Coordinación Interjurisdiccional, asignándole el Nivel III, ambas pertenecientes a la DIRECCION GENERAL DE COORDINACION INSTITUCIONAL DE LA COMUNICACION PUBLICA de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentran vacantes y financiados los cargos de los titulares de las unidades organizativas mencionadas en el considerando anterior, que por la particular naturaleza de las acciones asignadas a las mismas, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria con cierta inmediatez, exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artículo 7º de la citada ley y de lo dispuesto, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que las personas propuestas para cubrir los referidos cargos han dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Dase por designado, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al personal nominado en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con el detalle obrante en la misma, autorizándose los correspondientes pagos de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del decreto citado precedentemente y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.

Art. 2º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el Anexo I de la presente medida.

Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA


APELLIDO Y NOMBRES
D.N.I. NºNIVEL GRADOF.E.FUNCIONALTA
RUFFO, Rafael Ignacio16.945.155B - 0IIIDirector de Relaciones Institucionales01/06/11
VESPOLI, Luis Alfredo14.958.622B - 0IIIDirector de Coordinación Interjurisdiccional18/07/11

Fecha de publicación 23/11/2011