Edición del
2 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 52/2011

Sistema de control de exportadores de productos vitivinícolas y alcoholes.

Mendoza, 22/11/2011

VISTO el Expediente Nº S93:0004118/2011 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), la Resolución General Nº 3150 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y Nº C. 31 del INV de fecha 8 de julio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada resolución la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) establecieron conjuntamente el sistema de control integrado de exportaciones de productos vitivinícolas y alcoholes.

Que en el ámbito de este Organismo se ha incorporado al Sistema de Declaraciones Juradas en línea las exportaciones de alcoholes a fin que los exportadores de dichos productos, inscriptos ante el INV, transmitan las transacciones de exportación al igual que para vinos y mostos.

Que este desarrollo ha sido implementado con posterioridad a la suscripción de la citada resolución conjunta, por lo cual actualmente el Sistema Informático MARIA no requiere la declaración del número de transacción de exportación para alcoholes.

Que, en virtud de la vigencia de la Resolución General Nº 3150 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y Nº C. 31 del INV de fecha 8 de julio de 2011 y la necesidad de contar con dicho dato a los efectos del cruce de información para la autorización o denegatoria de las exportaciones, corresponde que los exportadores declaren en el campo INV-TRANSACEXPO el número de la transacción de exportación registrada mediante el Sistema de Declaraciones Juradas en línea de este Organismo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el subinciso a), apartado 1.2.2., inciso 1 del Punto I del Anexo de la precitada resolución.

Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos de este Organismo ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº 1306/08,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:

1º — Declárese por parte de los exportadores, al momento de oficializar destinaciones de exportación de alcoholes, aguardientes y flegmas en el Sistema Informático MARIA, en el campo INV-TRANSACEXPO el número de la transacción de exportación registrada mediante el Sistema de Declaraciones Juradas en línea de este Organismo, en un todo de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente resolución.

2º — La presente resolución entrará en vigencia el día 1 de diciembre de 2011.

3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Guillermo D. García.

Fecha de publicación 01/12/2011