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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1320/2011

Registro Nº 1427/2011

Bs. As., 6/10/2011

VISTO el Expediente Nº 276.982/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte sindical y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (A.G.P.S.E.) por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/3 del Expediente Nº 276.982/11 y ha sido debidamente ratificado a fojas 26 de las mismas actuaciones, acto en cual las partes adjuntan acta complementaria que consta a fojas 25 del sub examine y ratifican la misma.

Que corresponde asimismo proceder a la homologación del acta complementaria y acta de ratificación citadas en el párrafo precedente.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes incrementan las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) 17/75 “E” —escalafón correspondiente a la entidad sindical signataria—, quedando así conformada la escala salarial pertinente.

Que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente.

Que asimismo cabe señalar que pueden citarse diversos antecedentes negociales entre las partes los que han sido recientemente homologados a través de Resolución Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 1046, de fecha 30 de agosto de 2011, Resolución Secretaría de Trabajo (S.T.) Nº 1743, de fecha 9 de noviembre de 2010 y Disposición Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo (D.N.R.T.) Nº 310 de fecha 11 de junio de 2010.

Que de acuerdo con lo señalado las partes se encuentran conjuntamente legitimadas, para alcanzar el acuerdo cuya homologación se pretende.

Que la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO ha tomado la intervención que le compete y en el ámbito de su competencia se ha expedido favorablemente respecto de la viabilidad de lo acordado, conforme surge de las constancias obrantes a fojas 5 del expediente citado en el Visto.

Que en relación con el ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo y su acta complementaria se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 17/75 “E” respecto del escalafón correspondiente a la entidad sindical celebrante.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto de su ámbito temporal se fija su vigencia a partir del día 1 de junio de 2011, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración las nuevas escalas salariales, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245º de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el acuerdo, acta complementaria y su ratificación celebradas entre el SINDICATO LA FRATERNIDAD por la parte sindical y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (A.G.P.S.E.) por la parte empleadora y que lucen, respectivamente, a fojas 2/3, 25 y 26 del Expediente Nº 276.982/11, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo, acta complementaria y de ratificación obrantes a fojas 2/3, 25 y 26 del Expediente Nº 276.982/11.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 245º de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) Nº 17/75 “E”.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo, acta complementaria y acta de ratificación homologadas y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 276.982/11
Buenos Aires, 12 de octubre de 2011
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1320/11 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3, 25 y 26 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1427/11. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA AGPSE Nº 112
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 31 días del mes de mayo de 2011 se reúnen en representación de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, el Señor Interventor Ingeniero Oscar H. VECSLIR, el Señor Gerente Administrativo Cdor. Edgardo A. LEONE y el Señor Subgerente de Recursos Humanos D. Enrique L. COOLS, por una parte, y en representación de la entidad gremial LA FRATERNIDAD, los señores Omar A. MATURANO, Horacio O. CAMINOS, Angel A. COLOMBO y Horacio ZEMBO.
Declarado abierto el acto y concedida la palabra, las partes acuerdan lo siguiente:
PRIMERO: En el marco del proceso de Negociación Colectiva de esta Administración General de Puertos y con el objeto de instrumentar el incremento salarial que surge de las pautas y metodología dispuestas para la Administración Pública Nacional, se incrementan las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes del personal comprendido en el escalafón correspondiente a la entidad gremial LA FRATERNIDAD (C.G.T. Nº 17/75) con el siguiente alcance:
a) DIEZ POR CIENTO (10%) a partir del 1º de junio de 2011 aplicable sobre las remuneraciones aprobadas vigentes al 31/05/2011.
b) DIEZ POR CIENTO (10%) a partir del 1º de agosto de 2011 aplicable sobre las remuneraciones aprobadas vigentes al 31/05/2011.
c) CUATRO POR CIENTO (4%) a partir del 1º de diciembre de 2011 aplicable sobre las remuneraciones aprobadas vigentes al 31/05/2011.
SEGUNDO: Los comparecientes solicitan la oportuna homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, previa intervención de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tener, en el lugar y fecha indicados.

ANEXO I
Vigencia a partir 1-6-11


CATEGORIA
SUELDO BASICOPRESENTISMODEDICACION FUNCIONALADICIO. REM. NO BONIFIC.
NIVEL 71506,24361,501054,371054,37
NIVEL 31226,26294,30858,39858,39
NIVEL 21150,30276,07805,21805,21
NIVEL 11085,19260,45759,63759,63
Gastos de Comida (cód. 170) 1 comida 32,77 21 comidas 688,17
Bonificación remunerativa Acta Nº 57/07 (cód. 154) percibido por el personal comprendido en C.C.T.Nº 17/75


Vigencia a partir 1-8-11


CATEGORIA
SUELDO BASICOPRESENTISMODEDICACION FUNCIONALADICIO. REM. NO BONIFIC.
NIVEL 71643,17394,361150,221150,22
NIVEL31337,74321,06936,42936,42
NIVEL 21254,87301,17878,41878,41
NIVEL 11183,84284,12828,69828,69
Gastos de Comida (cód. 170) 1 comida 35,75 21 comidas 750,75
Bonificación remunerativa Acta Nº 57/07 (cód. 154) percibido por el personal comprendido en C.C.T.Nº 17/75


Vigencia a partir 01-12-11


CATEGORIA
SUELDO BASICOPRESENTISMODEDICACION FUNCIONALADICIO. REM. NO BONIFIC.
NIVEL 71697,94407,511188,561188,56
NIVEL31382,33331,76967,63967,63
NIVEL 21296,70311,21907,69907,69
NIVEL 11223,30293,59856,31856,31
Gastos de Comida (cód. 170) 1 comida 36,94 21 comidas 775,74
Bonificación remunerativa Acta Nº 57/07 (cód. 154) percibido por el personal comprendido en C.C.T.Nº 17/75


ESCALA SALARIAL
(TOPES INDEMNIZATORIOS)
JUNIO 2011


CATEGORIA
SUELDO BASICOPRESENTISMODEDICACION FUNCIONALADICIO. REM. NO BONIFIC.GASTOS COMIDABONIF. ACTA Nº 57TOTAL CATEGORIA
NIVEL 71506,24361,501054,371054,37688,171834,006498,65
NIVEL 31226,26294,30858,39858,39688,171649,215574,72
NIVEL 21150,30276,07805,21805,21688,171599,085324,04
NIVEL 11085,19260,45759,63759,63688,171556,105109,18


AGOSTO 2011


CATEGORIA
SUELDO BASICOPRESENTISMODEDICACION FUNCIONALADICIO. REM. NO BONIFIC.GASTOS COMIDABONIF. ACTA Nº 57TOTAL CATEGORIA
NIVEL 71643,17394,361150,221150,22750,752000,737089,45
NIVEL 31337,74321,06936,42936,42750,751799,146081,52
NIVEL 21254,87301,17878,41878,41750,751744,455808,06
NIVEL 11183,84284,12828,69828,69750,751697,575573,66


DICIEMBRE 2011


CATEGORIA
SUELDO BASICOPRESENTISMODEDICACION FUNCIONALADICIO. REM NO BONIFIC.GASTOS COMIDABONIF. ACTA Nº 57TOTAL CATEGORiA
NIVEL 71697,94407,511188,561188,56775,742067,417325,71
NIVEL 31382,33331,76967,63967,63775,741859,106284,19
NIVEL 21296,70311,21907,69907,69775,741802,596001,61
NIVEL 11223,30293,59856,31856,31775 741754,145759,40


EXPTE. Nº 276.982/11
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a un día del mes de septiembre del año dos mil once, siendo las 14:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL —DIRECCION DE NEGOCIACION COLECTIVA—, por ante mí, Rafael Omar SANCHEZ, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, las partes intervinientes en autos.
Por un lado, en representación de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO; el señor Enrique Luis COOLS (M.I. Nº 10.087.345), en su carácter de Subgerente de Recursos Humanos, según lo acredita adjuntado fotocopia simple de Resolución A.G.P. Nº 043/10 y de Estatuto Social, constituyendo domicilio a los efectos legal en Av. Ing. Huergo Nº 431 de esta Ciudad Capital; y por el otro lado, en representación de la FRATERNIDAD, el señor Horacio CAMINOS (M.I. Nº 10.939.449), en su carácter de Miembro del Secretariado Nacional y de la Comisión Paritaria, y el señor Horacio ZEMBO (M.I. Nº 14.720.689), en carácter de Delegado de Personal.
Abierto el acto por el funcionario Actuante, ambas partes y de mutuo acuerdo, MANIFIESTAN: Que vienen ante esta Autoridad Administrativa del Trabajo a los efectos de ratificar en todas sus partes el Acta Acuerdo que luce agregada a fojas 2 y su Anexo de fojas 3, solicitando su homologación. Que a fojas 4 obra fotocopia de la escala salarial anterior. Asimismo en este acto adjuntan escala salarial a los fines de ser tenida en cuenta para la fijación del Promedio Mensual y Tope lndemnizatorio, también ratificándola en todas sus partes. Que es cuanto tienen que manifestar.
Acto seguido el Actuante, y en atención a lo manifestado y solicitado por las partes, les hace saber que las actuaciones serán elevadas a consideración de la Superioridad y oportunamente se les comunicará lo que la misma resuelva al respecto.
No habiendo para más, y previa lectura y ratificación de lo manifestado por parte de los comparecientes, se dio por finalizado el acto, firmando los mismos de conformidad y para constancia por ante mí, que CERTIFICO.

Fecha de publicación 01/12/2011