MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 1990/2011
Inclúyese dentro de las previsiones del Decreto Nº 1840/86 al señor Director de Apoyo a las Organizaciones de la Agricultura Familiar de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional de la Subsecretaría de Agricultura Familiar de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.
Bs. As., 29/11/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0020349/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, los Decretos Nros. 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y 1128 de fecha 5 de agosto de 2010, la Resolución Nº 264 de fecha 7 de diciembre de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus normas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1128 de fecha 5 de agosto de 2010 se aprobó la designación del señor Don Oscar Alberto MATHOT (M.I. Nº 10.725.990) como titular de la ex Dirección de Relaciones y Fortalecimiento Institucionales dependiente de la ex Dirección Nacional de Diseño de Políticas del Desarrollo Rural y Agricultura Familiar de la ex SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR de la entonces SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, homologada por la Resolución Nº 264 de fecha 7 de diciembre de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, como Dirección de Apoyo a las Organizaciones de la Agricultura Familiar de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que el Decreto Nº 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios establece, entre otras medidas, un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir funciones políticas, cuando su residencia sea permanente y se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km.) de la sede de los respectivos organismos que revistan.
Que el funcionario citado precedentemente tiene su residencia permanente en la Ciudad de Posadas, Provincia de MISIONES, conforme lo acreditado con la documentación pertinente, por lo tanto corresponde proceder a incluirlo, en carácter de excepción, dentro de las previsiones del Decreto Nº 1840/86.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Inclúyese con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km.) de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro de las previsiones del Decreto Nº 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, al Director de Apoyo a las Organizaciones de la Agricultura Familiar de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Institucional de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, señor Don Oscar Alberto MATHOT (M.I. Nº 10.725.990), a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de dictado del presente decreto.
Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julián A. Domínguez.
Fecha de publicación 06/12/2011