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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decreto 2015/2011

Desestímase un recurso interpuesto contra la Resolución Conjunta Nº 25/93 de la ex SFP y el ex CNMyF.

Bs. As., 5/12/2011

VISTO el Trámite Interno Nº 123.365/94 del registro del ex CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA, dependiente del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Conjunta ex SFP y ex CNMyF Nº 025 de fecha 22 de septiembre de 1993 se dispuso el reencasillamiento del agente José Antonio BRANCHINI, en el Nivel D, Grado 1, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 y demás prescripciones fijadas por Resolución ex SFP Nº 112 de fecha 2 de julio de 1991.

Que por Resolución Conjunta ex SFP Nº 105 y ex CNMyF Nº 289 de fecha 22 de junio de 1999 se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por el mencionado agente contra el acto administrativo de su reencasillamiento, por el cual solicitara un nivel superior al asignado.

Que el recurrente se agravia, en sustancia, por considerar que su ubicación en el nuevo nivel escalafonario no se compadece con las funciones que efectivamente desempeñaba al tiempo de considerarse el reencasillamiento.

Que notificado de los términos del artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, a efectos de ampliar y/o mejorar los fundamentos de su recurso, el causante no presentó escrito alguno.

Que no surgen nuevos elementos de juicio que permitan modificar el enfoque fáctico y jurídico tenido en cuenta al resolver el recurso de reconsideración, no resultando descalificado en derecho el acto atacado.

Que por consiguiente cabe concluir que el grado de responsabilidad, complejidad y autonomía de las funciones vertidas encuadran en la definición del respectivo nivel escalafonario contenida en el artículo 10 del Anexo I del Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Que, en consecuencia, corresponde rechazar el recurso jerárquico en subsidio.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención que les compete.

Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION ha intervenido en virtud de lo prescripto por el artículo 92, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, como así también la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la ex SECRETARIA DE LAESTION PUBLICA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el presente se dicta conforme a las disposiciones del artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991 y del artículo 99, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por el agente del ex CONSEJO NACIONAL DEL MENOR Y LA FAMILIA, dependiente del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, José Antonio BRANCHINI (L. E. Nº 4.926.777, Legajo Nº 88.124) contra la Resolución Conjunta ex SFP y ex CNMyF Nº 025 de fecha 22 de septiembre de 1993.

Art. 2º — Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por su artículo 100.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alicia M. Kirchner.

Fecha de publicación 07/12/2011