ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº 124/2011
Prórroga Habilitación Aduanera Provisoria Puerto DEL GUAZÚ S.A. Aduana de Gualeguaychú.
Bs. As., 18/10/2011
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12492-252-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3), solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 93/2011 (DGA) para la atención aduanera del sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.
Que se encuentra acreditada en autos que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0100283/2006.
Que en autos han tomado la debida intervención la División Aduana de Gualeguaychú, la Dirección Regional Aduanera La Plata y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA (30) días a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº 93/2011 (DGA).
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1º de la Disposición 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria otorgada al Puerto de la Firma DEL GUAZÚ S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3) mediante Resolución Nº 93/2011 (DGA), por el término de TREINTA (30) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por esta última, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la División Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 23/12/2011 Nº 171419/11 v. 23/12/2011
Fecha de publicación 23/12/2011