ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA TINOGASTA
Tinogasta, 20/12/2011
En los términos del art. 1037º, inc. f), y art. 1013º, inc. h), del Codigo Aduanera, y de las Actuaciones AA 12712-391-2011, CORRASE VISTA de todo lo actuado a la empresa “SOCIEDAD MARIO ARAYA VARAS Y CESAR ARAYA ROJAS” Rut Nº 76,094262-6 con domicilio en la República de Chile, citándolo y emplazándolo para que en el perentorio término de diez (10) días hábiles administrativos se presenten a estar a derecho y ofrecer pruebas, indicando contenido, lugar y/o persona en cuyo poder se hallaren si no las tuvieren, bajo apercibimiento de rebeldía, conforme lo normado por los Arts. 1101º, 1103º, 1104º y 1105º del C.A., imputándosele la comisión de la infracción prevista y penada por el Art. 970º del C.A. Se hace saber que en caso de estar a derecho por interpósita persona, deberá acreditar personería en su primera presentación, y que en caso de que se planteen o debatan cuestiones jurídicas es obligatorio el patrocinio letrado (Art. 1034º del C.A.). Asimismo, deberán fijar domicilio legal en el radio urbano del asiento de esta División Aduana Tinogasta, bajo apercibimiento de tenerse por constituido en la sede de esta División Aduana Tinogasta (Art. 1001º y 1004º C.A.). Que de conformidad con lo previsto en el Art. 970º, correspondería la sanción de multa igual de uno a cinco veces el importe de los tributos que gravaren la mercadería y el comiso de la misma. Para acogerse a los beneficios de los Arts. 931º y 932º del C.A. (extensión de la acción penal y que el caso no sea registrado como antecedente), deberá abonar la multa mínima cuyo monto asciende a Pesos Argentinos: VEINTITRES MIL SETECIENTOS VEINTIUNO, con 81/100 ($ 23.721,81) y hacer abandono a favor del Estado de la mercadería en infracción dentro del plazo legal fijado de diez (10) días hábiles. HAGASE SABER QUE LAS ACTUACIONES SE ENCUENTRAN A SU DISPOSICION EN LA OFICINA “A” A LOS EFECTOS DE LA VISTA.
Fdo.: Dr. CARLOS G. ARRIBILLAGA, Jefe Div. Aduana Tinogasta.
QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.
e. 27/12/2011 Nº 171649/11 v. 29/12/2011
Fecha de publicación 28/12/2011