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Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE PARANA

Paraná, 20/12/2011

La DIVISION ADUANA DE PARANA notifica en los términos del inciso h), del artículo 1013 del Código Aduanero que se ha resuelto DESESTIMAR la denuncia detallada seguidamente conforme a lo previsto en el inciso b), del artículo 1090 del mismo Código atento no haberse podido identificar al imputado, y proceder con la mercadería secuestrada conforme lo previsto en los artículos 429 y siguientes del Código Aduanero:


Nº DE DENUNCIA
INFRACCION DEL C.A.Nº DE RESOLUCION
SUCOA 41 DN 85-2011/5987127/2011 (AD PARA)


RODOLFO H. CAMPAGNARO, Administrador (I), Aduana de Paraná.

e. 28/12/2011 Nº 173066/11 v. 28/12/2011

Fecha de publicación 28/12/2011