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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INMUEBLES

Ley 26.724

Transfiérese a título gratuito a favor de la Universidad Nacional de Lanús el dominio de una propiedad ubicada en la estación Remedios de Escalada partido de Lanús, provincia de Buenos Aires. Sancionada: Noviembre 30 de 2011 Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2011

ARTICULO 1º — Transfiérase a título gratuito a favor de la Universidad Nacional de Lanús, el dominio de una fracción de terreno propiedad del Estado nacional ubicada en la estación Remedios de Escalada, ex Línea Roca, Ramal R1 (A) partido de Lanús provincia de Buenos Aires, que es parte de la actual fracción I de la sección N de la circunscripción II, con una superficie aproximada de 32.487 metros, 68 centímetros cuadrados, que se ubica con frente al Sur, sobre la prolongación de la calle Villarino, con un punto de arranque a los 57 metros, aproximadamente, de la intersección de esta calle con la avenida 29 de Septiembre, lindando por este rumbo, prolongación de calle Villarino en medio, con Universidad Nacional de Lanús; al Este, con terrenos actualmente ocupados por el Ferroclub y por los rumbos Norte y Oeste con vías ferroviarias, según se detalla en el croquis que, como anexo I, es parte integrante de la presente ley.

ARTICULO 2º — La presente transferencia se realiza con cargo a que la beneficiaria destine el inmueble al funcionamiento de la Universidad mencionada.

ARTICULO 3º — Establécese un plazo de DIEZ (10) años para el cumplimiento de lo impuesto en el artículo anterior, vencido el cual sin que mediara observancia, el dominio de los inmuebles objeto de la presente revertirá a favor del Estado nacional.

ARTICULO 4º — La escritura traslativa de dominio se realizará por ante la Escribanía General de la Nación, quien dejará constancia de lo establecido en los artículos 1º, 2º, 3º y 5º.

ARTICULO 5º — Los gastos que demande la presente serán a exclusivo cargo de la beneficiaria.

ARTICULO 6º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.724 —
EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

ANEXO I

El Senado y la Cámara de Diputados
de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:

Fecha de publicación 02/01/2012