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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución Nº 2012/2011

Bs. As., 20/12/2011

VISTO el Expediente Nº 16415 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), lo dispuesto en los Decretos 436/2000 y 1023/2001 y en la Resolución ENARGAS Nº I/351 del 1º de agosto de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución ENARGAS Nº I/1376 del 2 de septiembre de 2010, este Organismo decidió: a) aprobar la convocatoria a Concurso Público Nº 09/2010 para la contratación de las tareas de diseño, fabricación y provisión de DOS MILLONES DOSCIENTAS MIL (2.200.000) Obleas de Habilitación del Equipo Completo de GNC para Automotores y de DOS MILLONES TRESCIENTAS MIL (2.300.000) Cédulas de Identificación (Cédula Celeste) del Equipo para GNC según Sub-Anexos A y B, respectivamente, del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en este procedimiento (art. 1º); b) aprobar el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en esta contratación (art. 2º) y c) instruir a la GERENCIA DE ADMINISTRACION para que dentro de los CINCO (5) días de notificada la Resolución, implemente todas las medidas procedimentales fijadas en la normativa aplicable y establezca el lugar, día y hora en que se realizará el acto de Apertura de Sobres, en los términos de dicha normativa (art. 3º).

Que cabe consignar que en las Cláusulas Particulares del pliego se indicó que la contratación es anual con opción a prórroga por un período similar.

Que, asimismo, por Resolución ENARGAS Nº I/1443 del 21 de octubre de 2010 (fs. 333 a 337), se adjudicó el Concurso Público Nº 09/2010 cuyo objeto es la provisión de obleas y cédulas para la habilitación de la carga de vehículos propulsados a GNC, de acuerdo a lo especificado en los TERMINOS DE REFERENCIA del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige este procedimiento a favor de la firma FUSION SAN LUIS S.A., puesto que su oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, aclarándose que el monto de la contratación ascendía a la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($ 3.688.700,00), a ser imputada en la partida 3.5.3.

Que la contratación se formalizó a través de la Orden de Compra Nº 109 del 21 de octubre de 2010 (fs. 338 a 339).

Que, prosiguiendo con el trámite de autos, a fs. 429 obra el MEMORANDUM GGNC Nº 151/11 por el cual la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO solicita a la GERENCIA DE ADMINISTRACION prever la adquisición de Obleas para la carga de Gas Natural Comprimido y Cédulas de Identificación para el año 2012. Asimismo, a fs. 434 de autos obra el MEMORANDUM GA Nº 510/2011 por el cual la GERENCIA DE ADMINISTRACION pone a consideración de la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO la prestación del servicio de la firma FUSION SAN LUIS S.A., con el objetivo de analizar la utilización de la opción a prórroga incorporada en el Concurso Público Nº 09/2010.

Que cabe consignar que a fs. 521 de autos obra el MEMORANDUM GGNC Nº 193/11 del 18 de noviembre de 2011, mediante el cual la GERENCIA DE GAS NATURAL COMPRIMIDO informa a la GERENCIA DE ADMINISTRACION que “...Fusión San Luis S.A. cumplimentó los requisitos técnicos solicitados para el cumplimiento del Concurso Público indicado en la referencia, como para requerirle si mantiene las características técnicas para la provisión de obleas y cédulas por un año más.”

Que, en consecuencia, por NOTA ENRG/GA Nº 13405 del 22 de noviembre de 2011 (fs. 522), se le solicitó a la firma adjudicataria que informe si está en condiciones de prorrogar la vigencia del contrato por el servicio de impresión de obleas habilitantes para automotores y cédulas de identificación del equipo completo para GNC, formalizado mediante la Orden de Compra Nº 109/10.

Que la respuesta afirmativa de la firma FUSION SAN LUIS S.A. se materializó mediante la presentación individualizada por este Organismo como Actuación ENARGAS Nº 26165/11 del 24 de noviembre de 2011 (fs. 523).

Que mediante el MEMORANDUM ACyC Nº 178/2011 del 1 de diciembre de 2011 (fs. 529), el AREA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES solicitó al AREA DE PRESUPUESTO —ambas dependientes de la GERENCIA DE ADMINISTRACION— que informe si existe crédito para afrontar dicho gasto por un importe total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($3.688.700,00) para el ejercicio económico 2012.

Que la respuesta del AREA DE PRESUPUESTO se materializó mediante el MEMORANDUM Presupuesto Nº 136/11 del 12 de diciembre de 2011 (fs. 530), en el que se aclara lo siguiente: “Servicio de impresión de Obleas y Cédulas de GNC - Ejercicio 2012. El presente gasto fue contemplado al momento de la formulación del Presupuesto 2012, por lo que será preventivado cuando se dicte la D.A. que distribuya los créditos del próximo ejercicio.”

Que, finalmente, a fs. 531 se encuentra glosado el MEMORANDUM GA Nº 578/2011 del 12 de diciembre de 2011, por el cual la GERENCIA DE ADMINISTRACION remite las actuaciones a la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES para su intervención.

Que del análisis de la totalidad de las constancias de autos surge que no existen motivos que desaconsejen ejercer la opción de prórroga de la vigencia del contrato actual por el servicio de impresión de obleas habilitantes para automotores y cédulas de identificación del equipo completo para GNC, formalizado mediante la Orden de Compra Nº 109/10, con la firma FUSION SAN LUIS S.A.

Que ello es así por cuanto: a) en las Cláusulas Particulares del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en este procedimiento se previó que la vigencia del servicio será anual con opción a prórroga por otro período similar, b) dicha firma manifestó su aceptación a la prórroga en cuestión y c) el AREA DE PRESUPUESTO afirmó que el gasto en cuestión fue contemplado al momento de la formulación del Presupuesto 2012, por lo que será preventivado cuando se dicte la Disposición Administrativa que distribuya los créditos del próximo ejercicio.

Que, dado que la adjudicación del procedimiento de Concurso Público Nº 09/2010 se instrumentó mediante una Resolución, corresponde que se siga idéntico lineamiento jurídico para efectivizar la prórroga que por el presente se propicia.

Que esta Autoridad Regulatoria emite el presente Acto Administrativo de prórroga en razón de que el servicio de impresión de obleas habilitantes para automotores y cédulas de identificación del equipo completo para GNC resulta ser de relevancia para el funcionamiento del sistema vinculado con el Gas Natural Comprimido.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo ha tomado la intervención que por derecho corresponde.

Que la presente Resolución se dicta teniendo en cuenta la obligación impuesta a la Administración Pública en el Art. 11 y siguientes del Decreto Nº 1023/2001 y Decretos Nº 571/2007; 1646/2007; 953/2008; 2138/2008; 616/2009; 1874/2009; 1038/2010; 1688/2010 y 692/2011.

Por ello,

EL INTERVENTOR
DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Ejercer la opción a prórroga de la vigencia del contrato actual por el servicio de impresión de obleas habilitantes para automotores y cédulas de identificación del equipo completo para GNC, a favor de la firma FUSION SAN LUIS S.A. en los términos contenidos en las Cláusulas Particulares del PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES que rige en el Concurso Público Nº 09/2010. El monto de la contratación asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS ($3.688.700,00) que será imputado en la partida 3.5.3.

ARTICULO 2º — Notifíquese al adjudicatario, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. ANTONIO L. PRONSATO, Interventor, Ente Nacional Regulador del Gas.

e. 02/01/2012 Nº 173375/11 v. 02/01/2012

Fecha de publicación 02/01/2012