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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución 31/2012

Acéptase la renuncia al cargo de Director de Sumarios de la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa.

Bs. As., 27/1/2012

VISTO el Expediente N° S01:0012824/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto N° 1703 de fecha 24 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1703 de fecha 24 de octubre de 2011, se designó transitoriamente en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva III, de Director de Sumarios de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al Abogado D. Gabriel Leonardo APARICIO (M.I. N° 17.550.556).

Que en fecha 31 de diciembre de 2011, el citado funcionario ha presentado formalmente su renuncia al desempeño de dichas funciones.

Que la medida que se propicia no genera erogación adicional para el ESTADO NACIONAL, ya que no implica la creación de nuevas estructuras ni promueve la asignación de funciones ejecutivas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 1° del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:

Artículo 1° — Acéptase la renuncia a partir del 31 de diciembre de 2011, al Abogado D. Gabriel Leonardo APARICIO (M.I. N° 17.550.556), al cargo de Director de Sumarios dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en el que fuera oportunamente designado transitoriamente por el Decreto N° 1703 de fecha 24 de octubre de 2011.

Art. 2° — Agradécese al mencionado funcionario los servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que les fueran encomendadas.

Art. 3° — Establécese que la presente medida no implicará erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Norberto G. Yauhar.

Fecha de publicación 31/01/2012