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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 1/2012

Establécese que las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras deberán presentar anualmente una declaración jurada. Formularios.

Bs. As., 17/1/2012

VISTO lo actuado en el Expediente N° 2740748/5099376 del Registro de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 22.315 dispone en su artículo 6° inciso a) la facultad de requerir información y todo documento que estime necesario para el ejercicio de su función fiscalizadora.

Que en particular, el artículo 9° de la citada ley, confiere a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA las atribuciones del Decreto N° 142.277/43 y sus modificatorias respecto de las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras.

Que la Ley 25.246 y modificatorias en su artículo 20, inciso 13 determina a las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro como sujetos obligados a informar a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA (UIF) en los términos del artículo 21 del mismo cuerpo legal.

Que el artículo 20 del Decreto N° 290/07 faculta a la UIF a determinar el procedimiento y oportunidad a partir de la cual los sujetos obligados cumplirán ante ella el deber de informar que establece el artículo 20 de la Ley 25.246.

Que la Resolución UIF N° 34/11 regula las medidas y procedimientos que las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro deberán llevar a cabo en función de la prevención de los delitos de Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Que la Resolución General IGJ N° 26/04 y sus modificatorias establece las normas sobre sistemas de capitalización y ahorro para fines determinados.

Que la Resolución UIF N° 29/2011 establece las medidas y procedimientos que los Registros Públicos de Comercio y los Organismos Representativos de Fiscalización y Control de las Personas Jurídicas deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, omisiones u operaciones que puedan estar vinculados a la comisión de los delitos de Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo. A tales fines la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA se encuentra obligada a dictar medidas que deberán cumplimentar los sujetos que se encuentran bajo la órbita de control del organismo.

Que es menester establecer para las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras, a partir del 1° de marzo de 2012, la obligación de presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Que el formulario contenido en el ANEXO I de la presente y su documentación respaldatoria, deberá acompañarse en forma anual a la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Que por otra parte, el formulario tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser suscripto por el oficial de cumplimiento, en caso de no habérselo designado deberá ser firmado por el presidente y certificado por escribano público.

Que frente al incumplimiento de la presentación de la información solicitada por el ANEXO I de la presente, la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA tendrá a ella por no cumplida siendo pasibles de las sanciones previstas por el artículo 14 de la Ley 22.315.

Que la Dirección del Registro Nacional de Sociedades y el Oficial de Cumplimiento han tomado intervención.

Que la presente se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley N° 22.315.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL
DE JUSTICIA
RESUELVE:

Artículo 1° — Establézcase para las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras, a partir del 1° de marzo de 2012, la obligación de presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Art. 2° — Tal declaración jurada, junto a la documentación respaldatoria en caso de corresponder, deberá ser presentada junto con el Formulario “F” ante este Organismo antes del último día hábil del mes de mayo de cada año.

Art. 3° — Apruébese el modelo de declaración jurada que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

Art. 4° — Frente al incumplimiento de alguno de los requisitos de la modalidad de presentación anteriormente mencionada, la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA tendrá por no cumplida la obligación, siendo pasibles de las sanciones previstas por el artículo 14 de la Ley 22.315.

Art. 5° — Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Marcelo O. Mamberti.

ANEXO I
Primera presentación: SI/ NO
Rectifica o complementa reporte previo: SI/NO
1. Información a solicitar
Presentar copias simples de la documentación exhibida. En caso de libros societarios, fotocopiar también la rúbrica.


1.1.
Nombre del Oficial de Cumplimiento designado
- Copia del libro de actas de asamblea y/o libro de actas de directorio de donde surja la designación.
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
1.2.Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo aprobado por la entidad
- Revisión del libro de actas de asamblea y/o libro de actas de directorio de donde surja la aprobación o actualización.
- Constancia de la recepción por parte de los empleados.
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
1.3.Estructura del área de prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
- Información sobre la estructura del área respectiva y en caso de existir, la documentación correspondiente.
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
1.4.Capacitación sobre Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo brindada al personal de la entidad
- Constancias de cursada o aprobación.
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
1.5.Informes de auditorías independientes realizadas en la entidad
- Fotocopias simples de los últimos tres informes de auditoria independiente sobre prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
1.6.Cantidad de Reportes de Operaciones Sospechosas presentados ante la UIF en el transcurso de los últimos tres años.
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No


2. Cuestionario
Las siguientes preguntas deberá responder el Oficial de Cumplimiento. En cuanto exista una referencia a la documentación, deberá individualizársela.


2.1.
¿Se cuenta con un sistema que identifica clientes y/u operaciones sospechosa y reporta a las autoridades
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.2.¿El sistema cuenta con clasificación de clientes atendiendo el grado de riesgo de cada transacción y/o cliente
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.3.¿Cómo realiza la validación de identidad de los clientes
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.4.¿Cómo realiza el control de PEP (Personas Expuestas Políticamente)
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.5.¿Cómo preserva y administra la documentación de respaldo de las operaciones
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.6.¿Cómo preserva y administra la documentación de respaldo de la identidad y actividad del cliente
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.7.¿Cuenta con un sistema que emita alertas ante operaciones inusuales o sospechosas
Detalle de la información requerida:
Documentación
Adjunta

No
2.8.¿Los procedimientos, sistemas de control e informáticos operan, en caso de sucursales, en forma conjunta consolidando toda la información y controles
Detalle de la información requerida:
Documentación
adjunta

No
2.9.¿Cuenta con un programa de capacitación que como mínimo incluya: de identificación y conocimiento de clientes, técnicas métodos y tendencias para prevenir detectar y reportar operaciones inusuales y/o sospechosas, conocimiento de las leyes y resoluciones que regulan la temática
-Constancias de los programas que deben coincidir con las constancias de cursada y aprobación antes solicitados.
Detalle de la información requerida:
Documentación
adjunta

No
2.10¿Cuenta con programa capacitación para el personal que ingresa nuevo a la empresa
Detalle de la información requerida:
Documentación
adjunta

No


Declaro que los datos aquí consignados, son verídicos y se encuentran actualizados a la fecha de presentación de la presente.
Firma
_______________________
Aclaración
_______________________
DNI
_______________________
Carácter
_______________________

Fecha de publicación 31/01/2012