Edición del
3 de Mayo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA ROSARIO DIVISION ADUANA DE ROSARIO

La Dirección Nacional de Aduanas, en virtud de lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en DIVISION ADUANA DE ROSARIO, calle 3 de Febrero 1331 - 2000 - ROSARIO.


DEPOSITO
MEDIOARRIBOMANIFIESTOCONOCIMIENTOBULTOSCANT.MERCADERIA
PLAZOLETA CONTENEDORESUTE OLTMANN26-OCT-1111052MANI033424SZZZZZHOH2467063976CONTENEDOR1FURNITURE FITTING
UTE OLTMANN09-NOV-1111052MANI035157AZZZZNBOROS11090321BULTOS6INJECTORAS


Ing. Agr. GUSTAVO CURATOLO, Administrador (I), División Aduana de Rosario.

e. 31/01/2012 Nº 8533/12 v. 31/01/2012

Fecha de publicación 31/01/2012