ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº 6/2012
Prórroga Habilitación Aduanera Provisoria Puerto DEL GUAZU SA. Aduana de Gualeguaychú.
Bs. As., 31/1/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 12492-252-2007/127 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma DEL GUAZU S.A. (CUIT Nº 3070832657-3) solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 203/11 (SDG OAI) para la atención aduanera del sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa. ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO (178), en la localidad de Villa Paranacito, provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.
Que se encuentra acreditada en Actuación SISEA Nº 12492-252-2007 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº 24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente Nº S01:0100283/2006.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con caráder provisorio y por el término de TREINTA (30) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo otorgado por la Resolución Nº 203/11 (SDG OAI).
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º de la Disposición 360/11 (AFIP)
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Prorróguese la habilitación aduanera provisoria otorgada mediante Resolución Nº 203/11 (SDG OAI) al sector de atraque del puerto de la firma DEL GUAZU S.A. (CUIT Nº 30-70832657-3), por el término de TREINTA (30) días corridos a contar desde el vencimiento del plazo oportunamente conferido, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la División Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. — CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 06/02/2012 Nº 10413/12 v. 06/02/2012
Fecha de publicación 06/02/2012