Edición del
30 de Junio de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013, inc. H)

Por ignorarse el domicilio, se corre vista a la firma que más abajo se menciona el auto de fecha 18 de abril de 2008, el cual en su parte pertinente dice: “BUENOS AIRES, 18 DE ABRIL DE 2008. En atención a la notificación fehaciente de la corrida de vista practicada a fs. 20 y vta., y no habiéndose presentado a estar a derecho, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 17, párrafo 3º y, en consecuencia, declárese rebelde a la firma TEKA INTERIORES S.A. en los términos del art. 1105 del Código Aduanero. NOTIFIQUESE. Fdo.: Dr. Carlos S. Cazzolato, Jefe División Sumarial y Repeticiones.”
SUMARIO: 13705-252-2006
INCONDUCTA: art. 97, ap. 2º, del Código Aduanero
CAUSANTE: TEKA INTERIORES S.A.
Dra. MARIELA L. FERREIRA, Firma Responsable, División Sumarial y Repeticiones, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/02/2012 Nº 10772/12 v. 06/02/2012

Fecha de publicación 06/02/2012