MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
Disposición Nº 996/2012
Bs. As., 17/2/2012
VISTO la Disposición ANMAT Nº 721/2012, el expediente Nº 1-47-1110-863-11-2 del registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1º de la Disposición ANMAT Nº 721/2012 se prohibió “el uso y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como MABTHERA 500 mg/50 ml - Laboratorio Roche - lote B6103 y vencimiento 02/2012, de cualquier lote, que posea alguna de las siguientes características: tapa plástica despegada, tapón de goma perforado, solución de color opalescente con sustancia blanquecina en suspensión, sin etiqueta de trazabilidad colocada por el laboratorio titular”.
Que con posterioridad se advierte un error material en la redacción del aludido artículo, debiendo haberse omitido lo siguiente: “lote B6103 y vencimiento 02/2012.”
Que en consecuencia corresponde sustituir el artículo 1º de la Disposición ANMAT Nº 721/2012, en los términos del artículo 101 del Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y el Decreto Nº 425/10.
Por ello,
EL INTERVENTOR
DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
ARTICULO 1º — Sustitúyese el artículo 1º de la Disposición ANMAT Nº 721/2012 por el siguiente texto: “ARTICULO 1º.- Prohíbese el uso y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como: “MABTHERA 500 mg/50 ml - Laboratorio Roche”, de cualquier lote, que posea alguna de las siguientes características: tapa plástica despegada, tapón de goma perforado, solución de color opalescente con sustancia blanquecina en suspensión, sin etiqueta de trazabilidad colocada por el laboratorio titular.”
ARTICULO 2º — Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Comuníquese a las Cámaras y entidades profesionales correspondientes. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. — Dr. OTTO A. ORSINGHER, Subinterventor, A.N.M.A.T.
e. 24/02/2012 Nº 17008/12 v. 24/02/2012
Fecha de publicación 24/02/2012