ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
NOTIFICASE a la ex agente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Graciela Amelia RICCIARDI (LC Nº 6.201.428 - Legajo Nº 20.280/34) la Disposición Nº 172/11 dictada por la Dirección General Impositiva el 5 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva, en lo que se refiere a la nombrada, se transcribe a continuación: ARTICULO 1º.- Dase por finalizado definitivamente el Sumario Administrativo Nº 2178/03, con agravamiento de las sanciones aplicadas oportunamente a las ex agentes [...] y Graciela Amelia RICCIARDI (Legajo Nº 20.280/34), mediante Disposición Nº 636/04 (AFIP). ARTICULO 3º.- Déjase constancia en el legajo personal de la ex agente Graciela Amelia RICCIARDI que, de haber continuado prestando servicios en este Organismo, le hubiera correspondido la sanción disciplinaria de exoneración, por encuadrar su conducta dentro de las previsiones de los incisos 2) y 8) del artículo 4º del Régimen Disciplinario vigente al momento de los hechos, aprobado por Laudo 15/91, artículo 44 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO. ARTICULO 4º.- Declárase la inexistencia de perjuicio fiscal. ARTICULO 5º.- Hácese saber a las ex agentes sumariadas que el presente acto agota la vía administrativa y que contra el mismo podrán interponer, a su opción, recurso de reconsideración, de conformidad con lo establecido por el artículo 84 y siguientes del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS aprobado por Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991), recurso de alzada o la acción judicial pertinente, de acuerdo con lo determinado por el artículo 94 del mismo cuerpo legal. ARTICULO 6º.- Comunícase a las nombradas que el recurso de reconsideración podrá ser interpuesto dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos (conf. art. 84 del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, aprobado por Decreto Nº 1759/72, (t.o. 1991); el recurso de alzada dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles administrativos (conf. arts. 94 a 98 del mismo cuerpo normativo) y la acción judicial dentro de los NOVENTA (90) días hábiles judiciales, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 25, inciso a), de la LEY NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Nº 19.549. En dichos supuestos, los plazos comenzarán a contarse a partir del primer día hábil siguiente al de notificación a las nombradas de lo resuelto en el presente acto. ARTICULO 7º.- Regístrese, notifíquese la presente a las ex agentes sumariadas y a la FISCALIA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS por intermedio de la Dirección de Personal, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 20, del Anexo I del Régimen Disciplinario aprobado por la Disposición Nº 185/2010 (AFIP), pasen las actuaciones al Departamento Sumarios Administrativos, remítase copia de este acto administrativo a la Junta de Disciplina, y cumplido, archívese. DISPOSICION Nº 172/11 (DG IMPO). — Cont. Púb. ANGEL R. TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva, AFIP.
Cont. Púb. NESTOR R. MICHEL, Director, Dirección de Personal.
e. 28/02/2012 Nº 17006/12 v. 01/03/2012
Fecha de publicación 29/02/2012