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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Decreto 277/2012

Dase por aprobada la designación del Subdirector Nacional de Migraciones.

Bs. As., 28/2/2012

VISTO el Expediente Nº S02:0000864/2012 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR y la Decisión Administrativa Nº 250 del 25 de junio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa Nº 250/08 se aprobó la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo y aperturas inferiores de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que a través del artículo 2º de la norma mencionada se creó el cargo de SUBDIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES, el cual reviste carácter extraescalafonario, con remuneración equivalente al Nivel A Grado 0 y Nivel de Función Ejecutiva I.

Que resulta necesario designar en dicho cargo al Doctor Guillermo Eduardo MAZARS, quien posee experiencia e idoneidad para desempeñar el mismo.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Circular Nº 4 del 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES cuenta con el crédito presupuestario necesario para la cobertura del mencionado cargo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.728 y a tenor de lo establecido por el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1º — Dase por designado, a partir del 9 de enero de 2012, al Doctor Guillermo Eduardo MAZARS (D.N.I. Nº 20.392.893), en el cargo de Subdirector Nacional de Migraciones de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 26.728.

Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR - O.D. 201 - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

Fecha de publicación 01/03/2012