MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 26/2012
Bs. As., 15/2/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0169749/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones Nros 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1205 de fecha 30 de agosto de 2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que oportunamente, la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP) convocó a la Licitación Pública Internacional Nº 09/2007 con el objeto de seleccionar dos Grupos Consultores para los SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA ASISTENCIA TECNICA Y LA INSPECCION TECNICO-AMBIENTAL DE LA INTERCONEXION NEA-NOA RUBRO 1, RUBRO 2 y RUBRO 3, resultando adjudicatarias la Asociación de Colaboración Empresaria integrada por COINTEC SOCIEDAD ANONIMA, ELECTROSISTEMAS SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS, ESIN CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA, LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, TECNOLATINA SOCIEDAD ANONIMA (tramo oeste) y la Agrupación de Colaboración Empresaria denominada CONSISTRA, integrada por TRANSMISION ELECTRICA SOCIEDAD ANONIMA (TRANELSA), ATEC SOCIEDAD ANONIMA, INGENIERIA Y ASISTENCIA TECNICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (IATASA) y SIGLA SOCIEDAD ANONIMA (tramo este), firmándose los correspondientes Contratos el día 28 de octubre de 2008.
Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003, las Resoluciones Nº 948/2005 y Nº 1205/2006, ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3º de la Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7º de la Resolución Nº 1205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por las normas citadas.
Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%).
Que habiéndose superado el umbral del DIEZ POR CIENTO (10%) en la variación promedio de los precios de los Contratos por los SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA ASISTENCIA TECNICA Y LA INSPECCION TECNICO-AMBIENTAL DE LA INTERCONEXION NEA-NOA RUBRO 1, RUBRO 2 Y RUBRO 3 desde septiembre de 2008; mes anterior al mes de la 1a Redeterminación, que por error no se incluyó el cálculo sobre el RUBRO 3 según Resolución S.E. Nº 1126/09, se estimó conveniente efectuar los cálculos de ambas redeterminaciones teniendo en consideración el RUBRO 3, hasta octubre de 2009 queda habilitada la aplicación de la 2a redeterminación de precios en las condiciones establecidas por el Decreto Nº 634/2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.
Que los precios del contrato redeterminado resultan los que se indican en los Cuadros que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente.
Que mediante Nota UEP Nº 94/2010 de fecha 23 de marzo de 2010 la Unidad Ejecutora del Programa de Transmisión Eléctrica del Norte Grande manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.
Que el COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL de la SECRETARIA DE ENERGIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase la 2a redeterminación de precios del contrato por los SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA ASISTENCIA TECNICA Y LA INSPECCION TECNICO-AMBIENTAL DE LA INTERCONEXION NEA-NOA RUBRO 1 (tramo oeste), suscripto por la Asociación de Colaboración Empresaria integrada por COINTEC SOCIEDAD ANONIMA, ELECTROSISTEMAS SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS, ESIN CONSULTORA SOCIEDAD ANONIMA, LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, TECNOLATINA SOCIEDAD ANONIMA (tramo oeste) y la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).
ARTICULO 2º — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de noviembre de 2009 se aprueba en el artículo 1º, asciende a PESOS VEINTITRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 23.451.645,36), según detalle del Cuadro que como ANEXO I forma parte de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.
ARTICULO 3º — Apruébase la redeterminación de precios del contrato por los SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA ASISTENCIA TECNICA Y LA INSPECCION TECNICO-AMBIENTAL DE LA INTERCONEXION NEA-NOA RUBRO 2 (tramo este), suscripto por la Agrupación de Colaboración Empresaria denominada CONSISTRA, integrada por: TRANSMISION ELECTRICA SOCIEDAD ANONIMA (TRANELSA), ATEC SOCIEDAD ANONIMA, INGENIERIA Y ASISTENCIA TECNICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (IATASA) y SIGLA SOCIEDAD ANONIMA (tramo este) con la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA (UEP).
ARTICULO 4º — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de noviembre de 2009 se aprueba en el artículo 3º, asciende a PESOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 24.581.917,20), según detalle del Cuadro que como ANEXO II forma parte de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL O. CAMERON, Secretario de Energía.
ANEXO I
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORIA
PARA LA ASISTENCIA TECNICA Y LA INSPECCION TECNICO-AMBIENTAL DE LA
INTERCONEXION NEA-NOA TRAMOS OESTE
(Los valores indicados son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)
RUBRO 1 - INSPECCION | RUBRO 3 - REV. INGENIERIA | TOTAL CONTRATO | ||
1 | MONTO CONTRACTUAL ANTERIOR (1º REDETERMINACION A OCTUBRE 2008) | 20.360.992,80 | 1.669.835,44 | 22.030.828,24 |
2 | EJECUTADO ANTERIOR | 8.519.468,04 | 1.196.715,40 | 9.716.183,44 |
3 | SALDO REMANENTE A REDETERMINAR (1-2) | 11.841.524,76 | 473.120,04 | 12.314.644,80 |
4 | SALDO REMANENTE REDETERMINADO A NOVIEMBRE 2009 | 13.207.755,08 | 527.706,84 | 13.735.461,92 |
5 | NUEVO VALOR CONTRATO (2+4) | 21.727.223,12 | 1.724.422,24 | 23.451.645,36 |
ANEXO II
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS DE CONSULTORIA
PARA LA ASISTENCIA TECNICA Y LA INSPECCION TECNICO-AMBIENTAL DE LA
INTERCONEXION NEA-NOA TRAMOS ESTE
(Los valores indicados son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)
RUBRO 2 - INSPECCION | RUBRO 3 - REV. INGENIERIA | TOTAL CONTRATO | ||
1 | MONTO CONTRACTUAL ANTERIOR (1º REDETERMINACION A OCTUBRE 2008) | 21.004.587,40 | 2.099.288,55 | 23.103.875,95 |
2 | EJECUTADO ANTERIOR | 8.788.761,63 | 1.504.490,13 | 10.293.251,76 |
3 | SALDO REMANENTE A REDETERMINAR (1-2) | 12.215.825,77 | 594.798,42 | 12.810.624,19 |
4 | SALDO REMANENTE REDETERMINADO A NOVIEMBRE 2009 | 13.625.241,42 | 663.424,02 | 14.288.665,44 |
5 | NUEVO VALOR CONTRATO (2+4) | 22.414.003,05 | 2.167.914,15 | 24.581.917,20 |
e. 02/03/2012 N° 18960/12 v. 02/03/2012
Fecha de publicación 02/03/2012