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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución Nº 30/2012

Bs. As., 15/2/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0008932/2009 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ROVELLA ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA solicita autorización para ingresar al MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en la condición de agente GENERADOR para su Central Térmica ROVELLA ENERGIA 1 a emplazarse en un predio lindante a la Estación Transformadora SEÑAL PICADA, dentro del Area Hidrocarburífera de CATRIEL OESTE, Lote Catastral 01-1-700250, distante SESENTA (60) kilómetros de la localidad de CATRIEL, provincia de RIO NEGRO, conforme lo establecen las resoluciones Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA y la Resolución Nº 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, de la SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias.

Que la Central Térmica constará de DOS (2) grupos turbogeneradores alimentados a gas natural, marca Solar Turbines TBM-T130 de QUINCE MEGAVATIOS (15 MW) de potencia nominal cada uno, totalizando una potencia instalada total de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW), y vinculándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora citada, propiedad de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL COMAHUE SOCIEDAD ANONIMA (TRANSCO S.A.).

Que la Central Térmica ROVELLA ENERGIA 1 tiene prevista su entrada en servicio en el último trimestre de 2010.

Que la firma solicitante presentó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de Generación de la Central Térmica citada.

Que la DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA dependiente de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA de esta Secretaría emitió el Informe Técnico de Evaluación del Impacto Ambiental y la Planificación Ambiental donde se indica que se ha cumplido con los requisitos especificados en la Resolución Nº 149 de fecha 2 de octubre de 1990, de la ex SUBSECRETARIA DE ENERGIA dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) con Nota B-47991-1 de fecha 16 de enero de 2009, ha comunicado que el solicitante cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente para su ingreso y administración en el MEM.

Que la presentación de la solicitud para su ingreso como Agente GENERADOR ha sido publicada en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Nº 31.604 de fecha 27 de febrero de 2009, sin haberse recibido objeciones ni oposiciones al respecto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO
DE ENERGIA
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase el ingreso de la firma ROVELLA ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA, como Agente GENERADOR del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en su carácter de titular de la Central Térmica ROVELLA ENERGIA 1, con una potencia instalada total de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW), a emplazarse en un predio lindante a la Estación Transformadora SEÑAL PICADA, dentro del Area Hidrocarburífera de CATRIEL OESTE, Lote Catastral 01-1-700250, distante SESENTA (60) kilómetros de la localidad de CATRIEL, provincia de RIO NEGRO, debiendo ajustarse al cumplimiento de la normativa vigente.

ARTICULO 2º — Aprobar la documentación ambiental presentada, correspondiente al proyecto de generación para la primera etapa de integración de la Central Térmica ROVELLA ENERGIA 1.

ARTICULO 3º — Condicionar la autorización concedida en el artículo 1º del presente acto a la obtención del Acceso a la Capacidad de Transporte, para lo cual el autorizado deberá adecuarse a lo establecido en el REGLAMENTO DE ACCESO A LA CAPACIDAD EXISTENTE Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA, definido en el Anexo 16 de los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS Procedimientos) aprobados por las resoluciones Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992, de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA y Nº 137 de fecha 30 de noviembre de 1992, de la SECRETARIA DE ENERGIA, ambas dependientes del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y sus modificatorias.

ARTICULO 4º — Instruir a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL. MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a efectos que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM, así como las penalidades que se deban abonar debido a las indisponibilidades que pueda incurrirse para concretar la conexión de la Central Térmica ROVELLA ENERGIA 1 al sistema de transporte, sean cargados a la Firma ROVELLA ENERGIA SOCIEDAD ANONIMA. A este efecto se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes descuentos de los créditos que el nuevo agente sea acreedor por su actividad productora en el MEM, dentro del Período Estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTICULO 5º — Notifíquese al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ENERGIA (ENRE).

ARTICULO 6º — Instrúyese a CAMMESA proceda a notificar al nuevo agente, a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL COMAHUE SOCIEDAD ANONIMA (TRANSCO S.A.), e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL O. CAMERON, Secretario de Energía.

e. 02/03/2012 N° 18974/12 v. 02/03/2012

Fecha de publicación 02/03/2012