Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 45/2012
Adjudícanse, en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, los cupos de financiamiento para Entidades Financieras.
Bs. As., 26/3/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0079591/2012 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, 871 de fecha 6 de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005 y 62 de fecha 10 de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones fue aprobado y modificado el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel Subsecretaría del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.
Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de 2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.
Que mediante la Resolución Nº 33 de fecha 2 de marzo de 2012 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se procedió a convocar a una licitación de cupos de crédito con tasa bonificada por un monto total de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000.-), los cuales se aplicarán en operaciones de financiamiento para el destino previsto en el inciso b) del artículo 8º del Decreto Nº 871/03. El monto del préstamo no podrá superar la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000), sin superar el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del nivel de ventas anuales, en un plazo no mayor a TREINTA Y SEIS (36) meses.
Que ante la convocatoria efectuada, diversas Entidades Financieras presentaron distintas ofertas de cupos de financiamiento por un total de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES ($ 2.694.000.000.-).
Que atento que dicho monto superó el cupo licitado, la Dirección Nacional de Asistencia Financiera para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, procedió a adjudicar los cupos de crédito de manera proporcional al monto ofrecido, conforme lo establecido en el artículo 7º de la Resolución Nº 33/12 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que corresponde entonces, proceder a la emisión del Acto Administrativo mediante el cual se adjudiquen los cupos de financiamiento sometidos a licitación, con el objeto de posibilitar la ejecución efectiva del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00, 357/02 y sus modificaciones, 871/03, 159/05 y 62 de fecha 10 de diciembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Adjudícanse, en el marco del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, los cupos de financiamiento para Entidades Financieras, cuya convocatoria a licitación se efectuó mediante la Resolución Nº 33 de fecha 2 de marzo de 2012 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA según se detalla en el Anexo que con UNA (I) hoja, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.
ANEXO
Nº | Entidad Financiera | Monto Adjudicado | % de Adjudicación |
1 | BANCO DE LA NACION ARGENTINA | $ 33.407.572 | 11,14% |
2 | BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES | $ 33.407.572 | 11,14% |
3 | BANCO DE LA PAMPA S.E.M. | $ 556.793 | 0,19% |
4 | BANCO PROVINCIA DEL NEUQUEN S.A. | $ 6.681.514 | 2,23% |
5 | BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO | $ 445.435 | 0,15% |
6 | BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. | $ 33.407.572 | 11,14% |
7 | BANCO SANTANDER RIO S.A. | $ 33.407.572 | 11,14% |
8 | BANCO PATAGONIA S.A. | $ 33.407.572 | 11,14% |
9 | HSBC BANK ARGENTINA S.A. | $ 22.271.715 | 7,42% |
10 | BANCO COMAFI S.A. | $ 3.340.757 | 1,11% |
11 | BANCO SAN JUAN S.A. | $ 556.793 | 0,19% |
12 | NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. | $ 5.567.929 | 1,86% |
13 | BANCO DE SANTA CRUZ S.A. | $ 1.113.586 | 0,36% |
14 | BANCO MACRO S.A. | $ 33.407.573 | 11,14% |
15 | BANCO DE FORMOSA S.A. | $ 6.681.515 | 2,23% |
16 | BANCO HIPOTECARIO S.A. | $ 3.340.757 | 1,11% |
17 | BANCO SUPERVIELLE S.A. | $ 1.113.586 | 0,36% |
18 | CITIBANK S.A. | $ 22.271.715 | 7,42% |
19 | BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. | $ 22.271.715 | 7,42% |
20 | STANDARD BANK | $ 3.340.757 | 1,11% |
20 | TOTALES | $ 300.000.000 | 100% |
Fecha de publicación 27/03/2012