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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Decisión Administrativa 130/2012

Dase por aprobada una contratación.

Bs. As., 23/3/2012

VISTO la Ley Nº 25.164, los Decretos Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, Nº 1714 de fecha 19 de noviembre de 2010, la Resolución SIGEN Nº 12 de fecha 26 de enero de 2011 y el Expediente Nº 1463/2011 SG-CSMESyA del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que siguiendo las pautas impartidas por la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, se dictó la Resolución SIGEN Nº 12 de fecha 26 de enero de 2011, que establece el régimen al que debe ajustarse la contratación de personal por tiempo determinado de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que, en dicho marco, el Organismo citado, requiere se autorice la contratación del Doctor D. Lisandro YOLIS (D.N.I. 31.624.646), con la categoría equivalente al Nivel C, Grado 1 del Escalafón vigente, conforme al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 1714 de fecha 19 de noviembre de 2010 para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que si bien el Doctor YOLIS, no cumple con el requisito de experiencia laboral para el Nivel C, fijado en el Capítulo III, artículo 13 del referido Convenio, el citado ha acreditado la idoneidad suficiente en el desempeño de las tareas asignadas por el Organismo desde el 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, en el marco del Convenio de Colaboración, Capacitación y Asistencia Técnica suscripto con la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

Que por razones de necesidad operativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las funciones que cumple la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, es necesario autorizar a ese Organismo a contratar al Doctor YOLIS.

Que el suscripto se encuentra facultado para autorizar mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción, excepciones a los requisitos mínimos previstos para la equiparación escalafonaria.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de noviembre de 2011, por lo que teniendo en cuenta el monto contractual, procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, fue atendida con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, para el Ejercicio 2011, de acuerdo con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 de fecha 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 de fecha 22 de diciembre de 2010.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete

Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y por el artículo 1º del Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º — Autorízase la contratación del Doctor Lisandro YOLIS (D.N.I. 31.624.646), como excepción a lo establecido en el inciso c), Punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, por no reunir los requisitos mínimos en lo referido a experiencia laboral, fijados para el acceso al Nivel C en el Capítulo III, Artículo 13, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, homologado por el Decreto Nº 1714 de fecha 19 de noviembre de 2010.

Art. 2º — Dase por aprobado, con efectos al 1 de noviembre de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, el contrato suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el SINDICO GENERAL DE LA NACION y el Doctor D. Lisandro YOLIS (D.N.I. 31.624.646), con la categoría equivalente al Nivel C, Grado 1 del Régimen Escalafonario establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION citado en el artículo precedente.

Art. 3º — El gasto que demandó el cumplimiento de la presente medida fue atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, para el Ejercicio 2011, de acuerdo con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 de fecha 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 de fecha 22 de diciembre de 2010.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

Fecha de publicación 28/03/2012