MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decreto 461/2012
Dase por aprobada la designación de la Directora de Asuntos Judiciales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Coordinación y Monitoreo Institucional.
Bs. As., 26/3/2012
VISTO el Decreto Nº 355 del 21 de febrero de 2002, las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010, y Nº 26.728, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 355/02 se sustituyó el artículo 1º de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº 26.728, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el artículo 10 de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº 26.728, se dispuso que las facultades otorgadas por dichas Leyes al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura del cargo de Director de Asuntos Judiciales, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08.
Que la doctora NIÑO, Guadalupe Noemí, reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para el referido cargo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1º del Decreto Nº 491/02, y los artículos 7º y 10 de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 complementada por el Decreto 2054/10, y Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por designada, con carácter transitorio, a partir del 10 de diciembre de 2011, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la doctora NIÑO, Guadalupe Noemí (D.N.I. Nº 28.746.311), en el cargo de Directora de Asuntos Judiciales, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva III, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10, y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº 26.728.
Art. 2º — Dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, el cargo involucrado en el presente decreto, deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098/08.
Art. 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Alicia M. Kirchner.
Fecha de publicación 30/03/2012