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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS

Conforme a lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 17.565 y atento a la imposibilidad de ubicarlo, por Disposición del Secretario de Políticas, Regulación e Institutos, notifíquese la firma “FARMACIA SAN BERNARDO S.C.S.”, la Resolución Secretarial Nº 29 de fecha 1 de febrero de 2008 cuya parte resolutiva reza:
ARTICULO 1º: Impónese al Farmacéutico Samuel Francisco SUSTERMAN, M.N. 5383, Director Técnico de la FARMACIA SAN BERNARDO, sita en Gurruchaga 102, Capital Federal, una multa de MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.500) por infracción al 29 de la Ley 17.565 (el farmacéutico es personalmente responsable de la pureza y origen de los productos que despache o emplee en sus preparaciones...).
ARTICULO 2º: Impónese a la firma FARMACIA SAN BERNARDO S.C.S., propietaria de la farmacia mencionada, una multa de MIL QUINIENTOS PESOS ($ 1.500) por infracción al 29 de la Ley 17.565 (el farmacéutico es personalmente responsable de la pureza y origen de los productos que despache o emplee en sus preparaciones...).
ARTICULO 3º: Acuérdase un plazo de CINCO (05) días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de las multas impuestas en el DEPARTAMENTO TESORERIA de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, sita en la Avenida 9 de Julio 1925, Capital Federal, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 (Fondo Nacional de Salud).
ARTICULO 4º: Los sancionados podrán interponer, dentro de los CINCO (5) días de su notificación, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente y en los términos y condiciones del artículo 53 de la Ley Nº 17.565.
ARTICULO 5º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCION DE DESPACHO acompañando copia del acto administrativo, dése al DEPARTAMENTO DE TESORERIA a sus efectos y publíquese en el Boletín Informativo. Cumplido pase a la DIRECCION DE REGISTRO, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS para la continuación del trámite y archívese. — Dr. CARLOS A. SORATTI, Secretario de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias; Ministerio de Salud de la Nación. — Dr. MARIO A. ROSENFELD, Director, Dirección Nacional de Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.

e. 10/04/2012 Nº 35448/12 v. 10/04/2012

Fecha de publicación 10/04/2012