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3 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOP. BIOQUIMICA DEL NORESTE DEL CHUBUT DE PROVISION, VIVIENDA Y CONSUMO LTDA. MATRICULA Nº 12.717 (Expte. Nº 2454/11. Res. Nº 3278/11); COOP. DE VIVIENDA BARRIO UTOPIA LTDA. MATRICULA Nº 14.952 (Expte. Nº 3169/11. Res. Nº 2938/11); COOP. DE VIVIENDA RENACER LTDA. MATRICULA Nº 14.953 (Expte. Nº 3165/11. Res. Nº 2880/11); COOP. DE TRABAJO AGRICOLA-GRANJERA EL JARDIN LTDA. MATRICULA Nº 14.962 (Expte. Nº 3133/11. Res. Nº 3025/11); COOP. DE TRABAJO DE FLETES EL ÑANDU LTDA. MATRICULA Nº 14.975 (Expte. Nº 3131/11. Res. Nº 2940/11); COOP. DE VIVIENDA ESPERANZA CALLE HUNGRIA LTDA. MATRICULA Nº 14.976 (Expte. Nº 3109/11. Res. Nº 3283/11); COOP. GENERAL DE TRABAJO LTDA. MATRICULA Nº 14.982 (Expte. Nº 3106/11. Res. Nº 3280/11); COOP. DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO SANTA MONICA LTDA. MATRICULA Nº 14.983 (Expte. Nº 3105/11. Res. Nº 3276/11); COOP. AGRICOLA DE LORETO LTDA. MATRICULA Nº 16.611 (Expte. Nº 2911/11. Res. Nº 2874/11); COOP. DE CREDITO LA RIOPLATENSE LTDA. MATRICULA Nº 20.894 (Expte. Nº 4097/11. Res. Nº 3231/11); COOP. DE VIVIENDA GESTARSE LTDA. MATRICULA Nº 27.714 (Expte. Nº 6504/10. Res. Nº 1552/11); COOP. DE SERVICIOS ASISTENCIALES “LIBERTAD” LTDA. MATRICULA Nº 28.745 (Expte. Nº 527/11. Res. Nº 3732/11); COOP. DE TRABAJO LA EMPRENDEDORA LTDA. MATRICULA Nº 28.747 (Expte. Nº 532/11. Res. Nº 3730/11); COOP. DE TRABAJO “ATENCION SALUD Y AMOR” LTDA. MATRICULA Nº 28.748 (Expte. Nº 531/11. Res. Nº 3728/11). Todas ellas con domicilio dentro de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº 3369/09, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución Nº 3369/09. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como nueva instructora sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia, para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intenten valerse (Art. 1º inc. F, aps. 1 y 2, de la Ley Nº 19.549). Admitiéndose sólo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme con lo establecido en los arts. 19 a 22 del Decreto Nº 1759/72 Reglamentario de la Ley Nº 19.549 (T.O. 1991). Se hace saber a las entidades, que en caso de no ser desvirtuadas las imputaciones de las resoluciones que dieron origen a la apertura de los respectivos sumarios, podría recaer sobre las mismas, la sanción dispuesta por el art. 101, inc. “3”, de la Ley 20.337. — Dra. VIVIANA A. MARTINEZ, Instructora Sumariante, INAES.

e. 10/04/2012 Nº 35444/12 v. 10/04/2012

Fecha de publicación 10/04/2012