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4 de Marzo de 2020

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

RESOLUCION Nº 36.660 DEL 3 ABR. /2012

EXPEDIENTE Nº 56.456 SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS DE LA NACION
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorizar a PREVINCA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA a operar en el territorio de la República Argentina, en el ramo INCENDIO, con la Cláusula de Exclusiones a la Cobertura a fs. 3/7, con la Cláusula de Cobranza del Premio a fs. 8/10, con la Cláusula para Operaciones en Moneda Extranjera a fs. 11, con el Frente de Póliza a fs. 12/13, con el Formulario de Solicitud de Seguro a fs. 14/17, con el Formulario de Denuncia de Siniestro a fs. 18/20 y con la Nota Técnica obrante a fs. 21/22.

ARTICULO 2º — Hacer saber a la recurrente que, previo al inicio de las operaciones, deberá someter a consideración de este Organismo copia del o de los contratos de reaseguro que celebre.

ARTICULO 3º — La entidad deberá dar cumplimiento a lo normado por la Resolución Nº 27.909 de fecha 29 de diciembre de 2000.

ARTICULO 4º — La política de suscripción y retención de riesgos deberá dar cumplimiento a lo establecido por la Resolución Nº 30.842.

ARTICULO 5º — Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente resolución y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

e. 12/04/2012 Nº 36607/12 v. 12/04/2012

Fecha de publicación 12/04/2012