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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


— FE DE ERRATAS — ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Resolución General 3311

En la edición del día 16/04/2012, en la que se publicó la citada Resolución General, se deslizó el siguiente error de imprenta:
DONDE DICE:
Art. 2° — A efectos de la presente, los vehículos se alquilarán con la condición de que se produzca su retorno al país, dentro del plazo acordado, pudiendo realizar actividades comerciales en la República de Chile.
DEBE DECIR:
Art. 2° — A efectos de la presente, los vehículos se alquilarán con la condición de que se produzca su retorno al país, dentro del plazo acordado, no pudiendo realizar actividades comerciales en la República de Chile.

Fecha de publicación 23/04/2012