— FE DE ERRATAS — ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución General 3311
En la edición del día 16/04/2012, en la que se publicó la citada Resolución General, se deslizó el siguiente error de imprenta:
DONDE DICE:
Art. 2° — A efectos de la presente, los vehículos se alquilarán con la condición de que se produzca su retorno al país, dentro del plazo acordado, pudiendo realizar actividades comerciales en la República de Chile.
DEBE DECIR:
Art. 2° — A efectos de la presente, los vehículos se alquilarán con la condición de que se produzca su retorno al país, dentro del plazo acordado, no pudiendo realizar actividades comerciales en la República de Chile.
Fecha de publicación 23/04/2012