MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION N° 36.713 DEL 25 ABR. /2012
EXPEDIENTE N° 55.838: “CAMINOS PROTEGIDOS COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. S/ INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE”.
VISTO... y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Sancionar a CAMINOS PROTEGIDOS COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. con un LLAMADO DE ATENCION, conforme lo preceptuado por el art. 58, inc. a), de la Ley 20.091.
ARTICULO 2° — Una vez firme la presente Resolución, la Gerencia de Autorizaciones y Registros deberá tomar nota de la medida dispuesta en el artículo 1°.
ARTICULO 3° — Se deja constancia que la presente Resolución es apelable en los términos del artículo 83 de la Ley 20.091.
ARTCULO 4°: Regístrese, notifíquese por correo certificado con aviso de retorno al domicilio de Venezuela 1823, Piso 1°, C1096ABE, Ciudad de Buenos Aires, respectivamente con vista de todo lo actuado y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
SINTESIS:
e. 08/05/2012 N° 46994/12 v. 08/05/2012
Fecha de publicación 08/05/2012