Secretaría General ADHESIONES OFICIALES
Resolución 440/2012
Declárase de Interés Nacional a la “XVIII Conferencia Internacional Bianual en materia de Recursos del Estado”, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 4/5/2012
VISTO la Actuación N° 134708.12.2 del registro de la PRESIDENCIA DE LA NACION por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional a la “XVIII Conferencia Internacional Bianual en materia de Recursos del Estado”, a realizarse del 15 al 18 de mayo de 2012 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que este evento es organizado por la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública, asociación civil inscripta en el año 1997, destacándose entre sus objetivos el fomento de la teoría, técnica y utilización integrada de los sistemas de administración financiera del sector público y de las finanzas públicas.
Que en esta oportunidad también participará en la organización el Instituto de Capacitación Económica para América Latina y se contará con el apoyo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Que la calidad de la institución convocante, la jerarquía y antecedentes de los expositores, como así también la finalidad perseguida con su realización, hacen oportuno el dictado del presente acto administrativo.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la correspondiente intervención dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J, del Decreto 101/85 y su modificatorio, Decreto 1517/94.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Declárase de interés nacional a la “XVIII Conferencia Internacional Bianual en materia de Recursos del Estado”, a realizarse del 15 al 18 de mayo de 2012 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 —SECRETARIA GENERAL— PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar I. J. Parrilli.
Fecha de publicación 10/05/2012