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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 546/2012

Bs. As., 27/4/2012

VISTO el Expediente Nº 2598-AFSCA/2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un pedido formulado por el MINISTERIO DE EDUCACION de la provincia de CORRIENTES tendiente a obtener autorización para instalar, operar y poner en funcionamiento una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en el ámbito del COLEGIO MADRE TERESA DE CALCUTA, ubicado en la localidad de COLONIA PANDO, de la mencionada provincia.

Que la instalación del servicio de radiodifusión peticionado posibilitará el desarrollo cultural, educativo y comunicacional, contribuyendo no sólo al progreso de la comunidad educativa sino también a la del medio social en la que ésta se desenvuelve.

Que la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene como objeto primordial de la actividad de los servicios de comunicación audiovisual, la promoción de la diversidad y la universalidad en el acceso y la participación, implicando ello igualdad de oportunidades de todos los habitantes de la Nación para acceder a los beneficios de su prestación.

Que la citada ley establece en su artículo 149 que la Autoridad de Aplicación podrá otorgar, en forma directa por razones fundadas, autorizaciones a los establecimientos educativos que sean de gestión estatal para operar servicios de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia.

Que la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES asignó al servicio en cuestión, el canal 204, frecuencia 88.7 MHz, categoría F, señal distintiva LRR779, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación técnica vigente.

Que se encuentran reunidos los recaudos y razones fundadas que habilitan el dictado del acto por el cual se acuerda la autorización peticionada.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha emitido el dictamen pertinente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 12, inciso 1), y 149 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase al MINISTERIO DE EDUCACION de la provincia de CORRIENTES a la instalación y funcionamiento de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en el ámbito del COLEGIO MADRE TERESA DE CALCUTA, ubicado en la localidad de COLONIA PANDO de la mencionada provincia.

ARTICULO 2º — Asígnase al servicio autorizado por el artículo anterior el canal 204, frecuencia 88.7 MHz, categoría F, señal distintiva LRR779.

ARTICULO 3º — Exceptúase al COLEGIO MADRE TERESA DE CALCUTA, ubicado en la localidad de COLONIA PANDO, del pago del gravamen establecido en el artículo 94 de la Ley Nº 26.522.

ARTICULO 4º — Comuníquese lo resuelto a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, al MINISTERIO DE EDUCACION de la provincia de CORRIENTES y al MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION.

ARTICULO 5º — Notifíquese al COLEGIO MADRE TERESA DE CALCUTA, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, ARCHIVESE. — Lic. SANTIAGO ARAGON, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. — IGNACIO SAAVEDRA, Director, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 10/05/2012 Nº 49157/12 v. 10/05/2012

Fecha de publicación 10/05/2012