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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 578/2012

Bs. As., 3/5/2012

VISTO el Expediente Nº 394/90 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 153 de fecha 3 de febrero de 1994 se autorizó a la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL PARANA, la instalación y funcionamiento de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia 105.7 MHz, canal 289, categoría E, en la ciudad de PARANA, provincia de ENTRE RIOS.

Que la autorizada ha presentado la documentación técnica definitiva del servicio, la cual ha sido aprobada por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que se ha dado debido cumplimiento a las prescripciones contempladas en la Resolución Nº 1619/99 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES.

Que la mencionada COMISION NACIONAL ha comunicado, mediante TRECNC Nº 40.972/2004, que analizado el Certificado de Inspección Técnica de Habilitación del servicio de que se trata, el mismo resulta de aprobación.

Que, la autorizada deberá cumplimentar lo dispuesto por la Resolución Nº 3690-CNC/04, respecto de la presentación de mediciones de radiaciones no ionizantes.

Que, consecuentemente, deviene procedente habilitar el servicio en cuestión, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley Nº 26.522.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que consecuentemente, la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha emitido el dictamen pertinente.

Que la presente se dicta de conformidad con lo dispuesto por los artículos 12, inciso 6), y 84 de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Habilítanse las instalaciones y dése inicio a las emisiones regulares del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRI365, de la ciudad de PARANA, provincia de ENTRE RIOS, cuya autorización fuera conferida a la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL PARANA, mediante Decreto Nº 153/94 que opera en la frecuencia 105.7 MHz, canal 289, categoría E, cuya planta trasmisora se encuentra emplazada en la avenida Almafuerte Nº 1033, cuyas coordenadas geográficas son Latitud Sur 31º44’52” y Longitud Oeste 60º30’03”, en las citadas ciudad y provincia.

ARTICULO 2º — Establécese que la autorizada deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 3690-CNC/04.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — Lic. SANTIAGO ARAGON, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. — IGNACIO SAAVEDRA, Director, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 10/05/2012 Nº 49100/12 v. 10/05/2012

Fecha de publicación 10/05/2012