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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 488/2012

Registro Nº 390/2012

Bs. As., 12/4/2012

VISTO el Expediente Nº 1.337.121/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 58/59 del Expediente de referencia obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS, por el sector sindical, y la Empresa AMERICAN JET SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado Acuerdo los agentes negociadores pactaron el pago de sumas no remunerativas con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2010.

Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos.

Que con respecto a lo normado por el artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), deberá estarse a las manifestaciones que han efectuado las partes a fojas 59.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral” ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS, por el sector sindical, y la Empresa AMERICAN JET SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 58/59 del Expediente 1.337.121/09, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 58/59 del Expediente Nº 1.337.121/09.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.337.121/09
Buenos Aires, 16 de abril de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 488/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 58/59 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 390/12. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expediente Nro. 1.317.121/09
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los tres días del mes de septiembre del año dos mil nueve, siendo las 16.00 horas, comparecen ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mí, Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2 - Dirección de Negociación Colectiva, lo hace por la ASOCIACION DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS (APLA) el señor Jorge HERNANDEZ, en calidad de Secretario Gremial; Daniel AMIGO, en calidad de Secretario del Interior y Bernardo POGGI, por la Comisión Directiva, juntamente con el señor Mario Alejandro FAGGIANI (M.I. 13.488.537), en calidad de piloto de la empresa y paritario, con el patrocinio letrado del Dr. Néstor PERL, por una parte y, por la Empresa AMERICAN JET SOCIEDAD ANONIMA lo hace el Sr. Jorge Roberto RODRIGUEZ, DNI 10.531.995, en su carácter de Presidente, el Dr. Gustavo Rubén WAZZANI (T° 200, F° 321), en calidad de apoderado, con el patrocinio letrado del Dr. Diego Adrián AIZEN (T° 57, F° 347).
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra a ambas partes, quienes de común acuerdo manifiestan: Que luego de varias reuniones en forma directa y privada, han arribado a un acuerdo para los salarios del año en curso. Otorgar una suma no remunerativa mensual para las dos categorías que tiene la empresa que son las siguientes:


Comandantes
$ 2.340
Copilotos $ 1.404


Se deja constancia que el presente acuerdo comienza a regir a partir del 1 de septiembre, vence con fecha del 28 de febrero de 2010, comenzando a negociar los nuevos salarios a partir del mes de marzo de 2010. Asimismo, aclaramos que la primera escala salarial de los pilotos de la empresa se firmó el 21 de julio del 2008, en este Organismo, cuya copia se adjunta a los efectos de la homologación del presente acuerdo. Ratificando en un todo el acta de fecha 31.08.09.
Concedida la palabra a la representación empresaria expone: Que el pago de la asignación no remunerativa comenzará a efectivizarse dentro de las 48 horas de homologado el presente. También se aclara que a efectos de dar cumplimiento con la normativa vigente, se deja constancia que en la empresa a la fecha no hay delegado.
Siendo las 17.30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, ante mí, funcionario que CERTIFICO.

Fecha de publicación 14/05/2012