AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Resolución Nº 580/2012
Bs. As., 3/5/2012
VISTO el Expediente Nº 2308-COMFER/00, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones se vinculan con la solicitud de autorización de la cesión de la totalidad de las acciones de los socios Martha Elizabeth DI LEO de PEREZ y Juan Carlos PEREZ de la firma RADIO DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA, titular de la licencia de LV 10 RADIO DE CUYO de la ciudad de MENDOZA, provincia homónima a favor del señor Sigifredo ALONSO y Silvina Claudia ALONSO.
Que el artículo 41 de la Ley Nº 26.522 establece que excepcionalmente se autoriza la transferencia de acciones o cuotas partes de las licencias luego de CINCO (5) años de transcurrido el plazo de la licencia y cuando tal operación fuera necesaria para la continuidad del servicio, respetando que se mantenga en los titulares de origen más del CINCUENTA (50) por ciento del capital suscripto o por suscribirse y que represente más del CINCUENTA (50) por ciento de la voluntad social.
Que conforme surge de las constancias obrantes en el expediente se acredita fehacientemente que la señora Silvina Claudia ALONSO adquiere el VEINTE (20%) del capital social de la firma licenciataria.
Que el derogado artículo 39, inciso a), de la Ley de Radiodifusión Nº 22.285 disponía que las licencias para la prestación de servicios de radiodifusión por particulares eran adjudicadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION.
Que por su parte, el entonces artículo 46, inciso f), de la citada ley establecía que los licenciatarios de servicios de radiodifusión debían requerir la autorización administrativa —ya sea del PODER EJECUTIVO NACIONAL o del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION— para aquellas operaciones que impliquen un cambio en su integración societaria.
Que en el caso bajo análisis, esta facultad atribuida por ley correspondía al Poder Ejecutivo Nacional.
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, la competencia de los órganos administrativos será la que resulte, según los casos, de la Constitución Nacional, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia.
Que en virtud de lo dispuesto por los artículos 10, 12 y 32 de la Ley Nº 26.522, este organismo es la autoridad competente para resolver el trámite que nos ocupa.
Que la señora Martha Elizabeth DI LEO de PEREZ vendió el 15 de marzo de 1994, parte de su capital social en la citada firma licenciataria, a favor de DIARIO LOS ANDES HNOS. CALLE SOCIEDAD ANONIMA, al socio Sigifredo ALONSO, y a los señores Héctor Daniel ESTORNELL y Raúl Alberto ESTORNELL.
Que, con fecha 14 de noviembre de 1994, los señores Héctor Daniel ESTORNELL y Raúl Alberto ESTORNELL cedieron la totalidad de su participación accionaria a favor de la firma CUYO TELEVISION SOCIEDAD ANONIMA.
Que con fecha 2 de enero de 1996 la señora Martha Elizabeth DI LEO de PEREZ cedió el resto de su participación social a favor de la firma DIARIO LOS ANDES HNOS. CALLE SOCIEDAD ANONIMA.
Que en la misma fecha, el señor Juan Carlos PEREZ cedió el UNO POR CIENTO (1%) que poseía en la firma RADIO DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA a favor de la sociedad DIARIO LOS ANDES HNOS. CALLE SOCIEDAD ANONIMA.
Que el 2 de enero de 1996 se celebró entre DIARIO LOS ANDES HNOS. CALLE SOCIEDAD ANONIMA, Sigifredo ALONSO y CUYO TELEVISION SOCIEDAD ANONIMA un convenio mediante el cual el primero cedió a favor de los últimos nombrados parte de su capital accionario.
Que el 1º de julio de 1998, la firma CUYO TELEVISION SOCIEDAD ANONIMA vendió al señor Sigifredo ALONSO y DIARIO LOS ANDES HNOS. CALLE SOCIEDAD ANONIMA la totalidad de las acciones que poseía en la firma licenciataria.
Que el 31 de marzo de 1999 la sociedad DIARIO LOS ANDES HNOS. CALLE SOCIEDAD ANONIMA cedió a favor del señor Sigifredo ALONSO los derechos sobre las acciones y los derechos por aportes.
Que por su parte, el 24 de junio de 1999, el socio Sigifredo ALONSO transfirió a favor de los señores Mariano Germán ALONSO, Gabriela Cecilia ALONSO y Silvina Claudia ALONSO los derechos sobre parte de las acciones que le corresponden respecto de la firma licenciataria.
Que con fecha 12 de noviembre de 2001 los señores Mariano Germán ALONSO y Gabriela Cecilia ALONSO cedieron a favor del señor Sigifredo ALONSO la totalidad de los derechos que habían adquirido con fecha 24 de junio de 1999.
Que mediante Resolución Nº 1145 COMFER/07 se autorizaron las diversas cesiones efectuadas a favor del señor Sigifredo ALONSO, difiriendo la autorización de ingreso de la señora Silvina Claudia ALONSO toda vez que dicha autorización, en su momento debía ser aprobada por el Poder Ejecutivo de la Nación.
Que en función de las cesiones de derechos operadas sobre las acciones de RADIO DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA, la composición accionaria de dicha sociedad quedó conformada por los señores Sigifredo ALONSO y Silvina Claudia ALONSO.
Que la señora Silvina Claudia ALONSO reúne los requisitos fijados la legislación vigente.
Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 10, 12 y 32 de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Autorízase el ingreso de la señora Silvina Claudia ALONSO (M.I. Nº 20.544.568) a la firma RADIO DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA, titular de la licencia de LV 10 RADIO DE CUYO de la ciudad de MENDOZA, provincia homónima.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. SANTIAGO ARAGON, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. — IGNACIO SAAVEDRA, Director, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
e. 23/05/2012 Nº 53314/12 v. 23/05/2012
Fecha de publicación 23/05/2012