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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PRESIDENCIA DE LA NACION

Decisión Administrativa 277/2012

Dase por aprobada una contratación en la Secretaría Legal y Técnica.

Bs. As., 22/5/2012

VISTO la Ley Nº 25.164, los Decretos Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y la Resolución Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el Visto se aprobó el marco de regulación del Empleo Público Nacional y se establecieron los deberes y derechos del personal que integra el Servicio Civil de la Nación.

Que el Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Nº 25.164 prevé en su artículo 9°, último párrafo, que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar excepciones a los requisitos mínimos establecidos para el acceso a cada nivel o posición escalafonaria mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción u organismo descentralizado, en los casos de funciones que posean una especialidad crítica en el mercado laboral.

Que mediante la Resolución Nº 48/02 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias se aprobaron las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones de personal a celebrarse según lo establecido en el artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su Decreto reglamentario Nº 1421/02, estableciéndose el procedimiento para aquellos supuestos en que sea necesario tramitar la contratación de personas de reconocida aptitud, que no reúnan los requisitos mínimos establecidos para el acceso a un nivel escalafonario.

Que a fin de posibilitar la contratación de la Dra. Lucía Verónica SEOANE en los términos del artículo 9° del Anexo de la Ley Nº 25.164, corresponde exceptuar a la persona de lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase, a la persona incluida en el Anexo I de la presente, de lo establecido en el inciso c) punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, equiparándola por el período y al Nivel y Grado escalafonario del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto Nº 2098/08, conforme el régimen previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley Nº 25.164.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I


Apellido y Nombre
DNI N°Nivel y GradoPeríodo de Contratación
SEOANE, Lucía Verónica27.170.410B-003/04/2012 al 30/06/2012

Fecha de publicación 24/05/2012