ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE CONCEPCION DEL URUGUAY
ARTICULO Nº 1°: CONDENAR a la Señora HERMINIA IRMA PABLO AYMA Documento de Identidad Nº 92.552.599 con domicilio en Uruguay Nº 1968 de la localidad de Becar, provincia de Buenos Aires, por la falta cometida en infracción a los artículos Nº 985/987 del Código Aduanero.
ARTICULO Nº 2°: APLICAR al condenado a una multa equivalente a una (1) vez el valor en plaza de la mercadería en infracción, cuyo monto asciende a la suma de $ 9.235,93 (PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 93/100).
ARTICULO Nº 3°: INTIMAR al encartado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 1122, ss, de la Ley 22.415, al ingreso de la suma dispuesta en el artículo 1ro. En el perentorio plazo de quince (15) días hábiles administrativos contados a partir de su notificación.
ARTICULO Nº 4°: PROCEDER por la Sección “G” a disponer de la mercadería en infracción conforme lo previsto en la Ley Nº 25.603 modificatorias y concordantes.
ARTICULO Nº 5°: REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Por Oficina Administrativa. CUMPLIMENTESE con constancia la Resolución (ANA) Nº 4475/80. Fecho a la Sección “C” para la intervención que le compete. Finiquitado que fuere, ARCHIVESE. — HUGO M. GUGLIELMINO, Administrador, División Aduana de Concepción del Uruguay.
La Dirección General de Aduanas comunica mediante el presente por un (1) día la Resolución Nº 009/2012 (AD COUR) de fecha 16/04/2012, correspondiente al Sumario Contencioso Nº 44/2011/4 (AD COUR), “El administrador de la Aduana de Concepción del Uruguay Resuelve:
e. 07/06/2012 Nº 62083/12 v. 07/06/2012
Fecha de publicación 07/06/2012