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Legislación y Avisos Oficiales
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AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 779/2012

Bs. As., 24/5/2012

VISTO el Expediente Nº 1041/03 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que bajo el expediente citado en el Visto tramita la solicitud formulada por el COLEGIO UNIVERSITARIO ESCUELA SUPERIOR DE PERIODISMO OBISPO TREJO Y SANABRIA, tendiente a obtener autorización para la prestación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la ciudad de CORDOBA, provincia homónima.

Que la peticionante encuadró su solicitud en los términos de lo dispuesto por el artículo 107 “in fine” de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias, bajo cuya vigencia se formuló la petición.

Que conforme surge del informe elaborado por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la situación del COLEGIO UNIVERSITARIO ESCUELA SUPERIOR DE PERIODISMO OBISPO TREJO Y SANABRIA no es equiparable al de una universidad.

Que, consecuentemente, no resultaban aplicables a la presente solicitud las previsiones del artículo 107 “in fine” de la Ley de Radiodifusión, que en su parte pertinente sólo hacían referencia a universidades nacionales como potenciales beneficiarias del régimen de autorización de servicios de radiodifusión allí contemplados, por cuanto no resultaba factible extender dicho beneficio a entes educativos que no reunieran tal calidad.

Que en similar sentido, la Ley Nº 26.522 prevé las autorizaciones para las universidades e institutos universitarios nacionales, condición que no reviste la peticionante.

Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se rechace la petición incoada por el COLEGIO UNIVERSITARIO ESCUELA SUPERIOR DE PERIODISMO OBISPO TREJO Y SANABRIA.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 8), de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL
DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Recházase la solicitud formulada por el COLEGIO UNIVERSITARIO ESCUELA SUPERIOR DE PERIODISMO OBISPO TREJO Y SANABRIA, tendiente a obtener autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la ciudad de CORDOBA, provincia homónima, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Lic. SANTIAGO ARAGON, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. — IGNACIO SAAVEDRA, Director, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 12/06/2012 Nº 62788/12 v. 12/06/2012

Fecha de publicación 12/06/2012