Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 133/2012

ACTA Nº 1207 Expediente ENRE Nº 32.848/2010

Bs. As., 6/6/2012

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Sancionar a la “EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANONIMA” (“TRANSPA S.A.”) en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 343.851,24), por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Anexo B de su Contrato de Concesión y a su deber de supervisión, así como también por los incumplimientos registrados por sus transportistas independientes al Régimen de Calidad de Servicio —estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos—, correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2010, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V, VI y XIII del Informe Técnico y Legal de fojas 33/81 y 106.
2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones por incumplimiento al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Anexo B de su Contrato de Concesión correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2010, efectúe el descuento de PESOS DOSCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 205.575,88) sobre la liquidación de venta de “TRANSPA S.A.”, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, XIV y XV del Informe Técnico y Legal de 33/81 y 107/1p08.
3.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones por incumplimientos incurridos por sus Transportistas Independientes, al Régimen de Calidad de Servicio estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos, efectúe el descuento de PESOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON TREINTA CENTAVOS ($ 84.380,30) sobre la liquidación de venta de “TRANSPA S.A.”, cuyo total consta en el Anexo XV (fojas 108) al Informe Técnico y Legal antes citado.
4.- Instruir a CAMMESA para que efectúe el descuento de PESOS VEINTIUN MIL NOVENTA Y CINCO CON SEIS CENTAVOS ($ 21.095,06) correspondientes a las sanciones aplicadas por incumplimientos en cuanto a sus obligaciones de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes en el semestre julio a diciembre de 2010 sobre la liquidación de venta de “TRANSPA S.A.”, cuyo total consta en el Anexo XV (fojas 108) del Informe Técnico y Legal antes mencionado.
5.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el artículo 25 del Anexo B del contrato de concesión de “TRANSPA S.A.” y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE Nº 190/01, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los DOCE (12) meses anteriores a los meses de enero a junio de 2010 en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 146.386,96) de acuerdo con el detalle que se efectúa en los Anexos VII, VIII, IX, X, XI, XII y XVI del Informe Técnico y Legal de fojas 82/105 y 109.
6.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo determinado en este acto, cuyo monto total consta en el ANEXO XVI (fojas 109) del citado Informe Técnico y Legal, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte de acuerdo con el procedimiento definido en al Anexo II de la Resolución ENRE Nº 190/01 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de “TRANSPA S.A.”.
7.- Notifíquese a “TRANSPA S.A.” y a CAMMESA lo dispuesto en este acto, con copia de la presente Resolución y de los Anexos de fojas 33/109. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto. Y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1759/1972 (Texto ordenado en 1991), dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos contados de igual manera, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores.
8.- Publíquese la presente Resolución en la página web del ENRE, juntamente con los Anexos de fojas 33/109. — ENRIQUE G. CARDESA, Vocal Segundo. — LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente. — MARIO H. DE CASAS, Presidente.

e. 13/06/2012 Nº 64905/12 v. 13/06/2012

Fecha de publicación 13/06/2012