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27 de Marzo de 1969

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

En el marco de lo establecido en el artículo 4º del Decreto Nº 222/03, se hace saber que a efectos de cubrir la vacante de PROCURADOR GENERAL DE LA NACION, se ha propuesto a la Dra. Alejandra Magdalena GILS CARBÓ, D.N.I. Nº 12.600.466, de nacionalidad argentina, de profesión abogada, con los siguientes antecedentes curriculares:
Alejandra Magdalena GILS CARBÓ (*)
Documento Nacional de Identidad Nº 12.600.466.
Abogada, Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA), 1981. Maestría en Economía Política con mención en Economía Argentina, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO Argentina), en curso.
Se desempeñó en el Poder Judicial como Secretaria del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 8, Secretaría Nº 15, (1987-1989), y Prosecretaria Letrada de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (1989-1998).
En el Ministerio Público ha ocupado diversos cargos y funciones —Secretaria de la Fiscalía General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Representante del Ministerio Público ante la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, Co- redactora del Decreto Reglamentario Nº 1551/01 de la Ley de Protección de Datos Personales, Fiscal General Adjunta de la Procuración General de la Nación, Integrante del Cuerpo Consultivo de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Integrante de la Comisión para la redacción de un proyecto de ley sobre Delitos Informáticos, Coordinadora de la Comisión por el Derecho a la Identidad Biológica de la Procuración General de la Nación, entre otros—.
Actualmente, se desempeña como Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal (designada por Dec. PEN Nº 1896/04).
Es miembro de la Sección de Derecho Comercial del Instituto de Estudios Legislativos de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, Integrante de la Comisión para el Estudio de la Reforma a la Ley de Quiebras Nº 19.551 de la Universidad Notarial Argentina, Miembro de las Comisiones Técnicas del Mercosur de la Universidad Notarial Argentina, entre otros.
En el ámbito internacional, ha sido designada como “contact point” por la Cancillería y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación ante el Grupo de Trabajo del art. 29 de la Directiva 95/46 de la Unión Europea, para el “Examen del nivel de adecuación de la legislación argentina para la transferencia internacional de datos personales”. Asimismo, se ha desempeñado como experta en materia de protección de datos personales en “The Missing Project. International Committee Red Cross”, para la creación de una base de datos personales internacional, para la búsqueda de personas desaparecidas en conflictos bélicos internacionales o violencia interna (Ginebra, Suiza, 2002).
Docente universitaria desde el año 1987, ha dictado clases en carreras de grado y de posgrado en la Universidad de Buenos Aires, Universidad del Salvador, Universidad de Belgrano, Universidad Notarial Argentina, Universidad Nacional San Juan Bosco, Trelew, Pcia: de Chubut, Universidad Católica Argentina, Universidad Austral, Fundación para la Investigación y Desarrollo de las Ciencias Jurídicas, y la Fundación Cedett, Madrid, España.
Ha dictado numerosas conferencias vinculadas con su especialidad tanto en el país como en el exterior, y participado en diversos Congresos.
Es autora de la obra Régimen Legal de las Bases de datos y Hábeas Data (La Ley, 2001, Buenos Aires), y ha colaborado en diversos libros en temáticas vinculadas con su especialidad. Asimismo, publicó numerosos artículos en revistas jurídicas.
(*) En todos los casos se trata de una síntesis de los datos que componen su curriculum vitae, que podrá ser consultado en detalle en la página web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: www.jus.gov.ar
Asimismo, se transcriben a continuación el artículo 1º del Decreto Nº 588/03 y los artículos 2º y 6º del Decreto Nº 222/03:
Dec. 588/03
Artículo 1º: “Establécese que el procedimiento para el nombramiento de Magistrados de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, instituido por el Decreto Nº 222 del 19 de junio de 2003 será de aplicación para la designación del Procurador General de la Nación y del Defensor General de la Nación”.
Dec. 222/03
Artículo 2º: Déjase establecida como finalidad última de los procedimientos adoptados, la preselección de los candidatos para la cobertura de vacantes de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION en un marco de prudencial respeto al buen nombre y honor de los propuestos, la correcta valoración de sus aptitudes morales, su idoneidad técnica y jurídica, su trayectoria y su compromiso con la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos que lo hagan merecedor de tan importante función”.
“Artículo 6º: Los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, podrán en el plazo de QUINCE (15) días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, presentar al MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección, con declaración jurada de su propia objetividad respecto de los propuestos.
No serán consideradas aquellas objeciones irrelevantes desde la perspectiva de la finalidad del procedimiento que establece el artículo 2º del presente o que se funden en cualquier tipo de discriminación”.
Las presentaciones se deberán realizar en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, en el plazo y en la forma señalada en el Decreto Nº 222/03 —art. 6º—, por ante la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas e Información al Público, sita en Sarmiento 329, PB, en el horario de 9.15 a 17.00 horas.
Dr. FRANCO PICARDI, Subsecretario de Relaciones con el Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

e. 11/06/2012 Nº 65082/12 v. 13/06/2012

Fecha de publicación 13/06/2012