MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decisión Administrativa 357/2012
Dase por aprobada la Licitación Pública Nº 13/2011, con el objeto de adquirir vehículos automotores. Adjudicación.
Bs. As., 11/6/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0316522/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la contratación para la adquisición de SESENTA (60) camionetas con destino a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por la Resolución Nº 48 de fecha 7 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se encomendó a la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a efectuar el Segundo Llamado a Licitación Pública para la adquisición descripta, aprobando el nuevo Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá el procedimiento.
Que con fecha 10 de abril de 2012 se procedió a realizar el acto de apertura presentándose la propuesta de la firma GUIDO GUIDI SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 33-56050325-9); IGARRETA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 33-53876676-9) y AUTOMOVILES SAN JORGE SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 30-68404611-6).
Que por Nota SIGEN Nº 1408 de fecha 11 de abril de 2012 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION organismo descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Gerencia de Normativa y Técnica de la citada Sindicatura adjunta un informe, manifestando que emite un Valor de Referencia en atención a que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se indican especificaciones técnicas que conducen a una marca determinada, si bien en el mercado existen opciones de bienes similares o sustitutos convenientes que cumplirían con el objetivo final que sustenta la necesidad de compra, formulando en consecuencia el valor que correspondería al de mercado de un bien que cumple con la mayoría de las especificaciones técnicas detalladas en la descripción del Anexo I del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, destacando asimismo que el producto relevado no posee sensores de estacionamiento solicitados en las especificaciones técnicas, ni el ploteo en ambas puertas delanteras solicitado en el precitado Pliego.
Que mediante el informe técnico realizado por la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se manifiesta que correspondería desestimar la propuesta de la firma IGARRETA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 33-53876676-9) dado que condiciona el plazo de entrega en NOVENTA (90) días siendo el solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares de VEINTICINCO (25) días.
Que por otro lado, surge de dicho informe que la propuesta de la empresa AUTOMOVILES SAN JORGE SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 30-68404611-6) cumple con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, pero excede lo estimado oportunamente y el precio de referencia emitido por la precitada SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, razón por la cual correspondería desestimar la misma, concluyendo que la propuesta de la empresa GUIDO GUIDI SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 33-56050325-9) cumple con lo solicitado y resulta conveniente en razón del valor de referencia relevado y de las consideraciones expuestas en el mismo.
Que la Comisión Evaluadora designada a tal efecto, dando cumplimiento al artículo 78 del “Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional” aprobado por el Decreto Nº 436 de fecha 30 de mayo de 2000, ha emitido el Dictamen de Evaluación Nº 24 de fecha 4 de mayo de 2012.
Que posteriormente la empresa IGARRETA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 33-53876676-9) solicita información técnica, foIletería o aclaración del modelo cotizado por la empresa GUIDO GUIDI SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 33-56050325-9) a efectos de poder cumplimentar la información a la empresa FORD ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.
Que la Comisión Evaluadora remite los actuados a la precitada SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR, con la finalidad de que emita un informe técnico ampliatorio donde se manifiesta que constató en la página oficial de VOLKSWAGEN que la camioneta AMAROK cumplía con las especificaciones técnicas solicitadas, razón por la cual ratifica lo informado oportunamente.
Que asimismo, de dicho informe técnico ampliatorio surge que se procedió a verificar la propuesta de IGARRETA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 33-53876676-9) en la página oficial de FORD ARGENTINA, señalándose que al verificar las condiciones generales de dicha propuesta no cumplía con el plazo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que por dicho informe ampliatorio se concluye que en virtud de lo manifestado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, las especificaciones técnicas confeccionadas para el Segundo Llamado responden a diferentes opciones que se relevaron en páginas oficiales de distintos agentes oficiales de concesionaria, señalando que el mismo no se encuentra dirigido a una marca específica, concluyendo que se obtuvieron mediante compulsa TRES (3) ofertas, siendo que previo se había realizado un relevamiento del mercado en el cual se constató la existencia de más marcas que cumplen con las mismas especificaciones y que no se han presentado a la mencionada compulsa.
Que el presente trámite se encuadra en lo contemplado en el artículo 25, inciso a), apartado 1, del Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en los artículos 22, inciso c) y 30 del “Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional”, aprobado por el citado Decreto Nº 436/00, vigente en función de lo establecido por el artículo 39 “in fine” de la norma citada en primer término.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 35, inciso c), del Anexo al Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y el Anexo al citado artículo 35.
Por ello,
EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Nº 13/2011, Segundo Llamado, relativo a la adquisición de SESENTA (60) camionetas con destino a la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA FAMILIAR de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 2° — Desestímanse las ofertas de las firmas IGARRETA SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL E INDUSTRIAL (C.U.I.T. Nº 33-53876676-9) y AUTOMOVILES SAN JORGE SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 30-68404611-6), la primera por condicionar el plazo de entrega de los vehículos y la segunda por resultar el valor cotizado excesivo en relación con el valor preventivado oportunamente y al valor de referencia emitido por la Gerencia de Normativa y Técnica de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3° — Adjudícase la referida Licitación Pública a la firma GUIDO GUIDI SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 33-56050325-9), de conformidad con su respectiva oferta:
Renglón Unico: SESENTA (60) camionetas 4X2 marca AMAROK. Precio Unitario $ 179.532.- Total del Renglón ............................... $ 10.771.920.
Total adjudicado: PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 10.771.920.-).
Art. 4° — El gasto que asciende a la suma de PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 10.771.920.-) se imputará al Ejercicio Financiero 2012 en la Partida Presupuestaria 40-0-0-1-0-2-432-11-1 de la Jurisdicción 52 - Servicio Administrativo Financiero 363 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Art. 5° — Establécese a favor de la firma GUIDO GUIDI SOCIEDAD ANONIMA (C.U.I.T. Nº 33-56050325-9) un adelanto financiero del VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total adjudicado, el que asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 2.154.384.-) contra la constitución de una contragarantía equivalente al monto a percibir por tal concepto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que rigió la compulsa.
Art. 6° — Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a emitir la respectiva orden de compra.
Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.
Fecha de publicación 19/06/2012