Edición del
30 de Mayo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, art. 1013, inc. H)

Por ignorarse el domicilio, se corre vista a la firma que más abajo se menciona, el auto de fecha 20 de octubre de 2008, el cual en su parte pertinente dice: “BUENOS AIRES, 20 DE JUNIO DE 2008. En atención a la notificación fehaciente de la corrida de vista practicada a fs. 11 y vta., y no habiéndose presentado a estar a derecho, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 7, párrafo 3° y, en consecuencia, declárese rebelde a la firma CHANSOCCER S.R.L. en los términos del art. 1105 del Código Aduanero. NOTIFIQUESE. Fdo. Dr. Carlos S. Cazzolato - Jefe División Sumarial y Repeticiones”.
SUMARIO: 13803-80-2007
INCONDUCTA: art. 97, ap. 2°, del Código Aduanero.
CAUSANTE: CHANSOCCER S.R.L.
MARIELA L. FERREIRA, Abogada, Firma Responsable, División Sumarial y Repeticiones, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 26/06/2012 Nº 70740/12 v. 26/06/2012

Fecha de publicación 26/06/2012